Orden de 2 de enero de 1985 por la que se dictan instrucciones sobre la cuantía de las retribuciones de los funcionarios públicos incluídos en el ámbito de Aplicación de La Ley 30/1984, de 2 de agosto, y sobre Gastos de personal.

MarginalBOE-A-1985-315
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

La Disposición final novena de La Ley de Presupuestos Generales del estado para 1985 dispone que el Sistema retributivo que se establece en sus artículos 11 y 12 entrará en vigor a medida que el Gobierno vaya determinando, en su casó, los complementos específicos y que, hasta tanto, los funcionarios afectados por dicho Sistema retributivo percibirán las retribuciones correspondientes a 1984, incrementadas en un 6,5 por 100, a igualdad de Puestos de trabajo.

Por otra parte, es precisó también dictar instrucciones sobre Gastos de personal, tanto de carácter general cómo relativas a las nóminas que han de elaborarse a partir del mes de enero de 1985.

En consecuencia, en cumplimiento de lo dispuesto en La Ley de Presupuestos Generales del estado para 1985 y en uso de las facultades que le otorga La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la Reforma de la Función Pública,

Este Ministerio de economía y Hacienda dispone:

  1. Instrucciones sobre la cuantía de las retribuciones de los empleados publicosincluidos en el ámbito de Aplicación de La Ley 30/1984, de 2 de agosto.

Artículo 1 A partir de 1 de enero de 1985 y hasta que el Gobierno determine los complementos específicos a que se refiere el número cuatro del artículo oncede La Ley de Presupuestos Generales del estado para 1985, las retribuciones de los funcionarios incluídos en el ámbito de Aplicación de La Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la Función Pública, serán las siguientes:...

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