Instrucción 19/2017, de 4 de mayo, de la Subsecretaría, por la que se modifica el anexo I de las normas por las que han de regirse los procesos de selección para el ingreso en los centros docentes militares de formación para acceder a la escala de oficiales del Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, sin exigencia de titulación universitaria previa, aprobadas por Orden DEF/689/2012, de 30 de marzo.

MarginalBOE-A-2017-5291
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyInstrucción

El artículo 36 bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, incorpora la realización de «una evaluación individualizada al finalizar Bachillerato».

El artículo 3.1 del Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa, establece, que «hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación, la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad regulada por el artículo 36 bis de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, no será necesaria para obtener el título de Bachiller y se realizará exclusivamente para el alumnado que quiera acceder a estudios universitarios».

El Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, en su artículo 8.6.a), establece que para el ingreso directo sin exigencia de titulación universitaria previa en los centros docentes militares de formación para incorporarse a las escalas de oficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería de Marina, así como al Cuerpo Militar de Sanidad, especialidad fundamental Medicina, y la correspondiente admisión a los centros universitarios de la defensa, la adjudicación de las plazas se efectuará de acuerdo con la nota de admisión que, en cada caso, corresponda conforme a lo dispuesto en la normativa vigente.

La Orden ECD/1941/2016, de 22 de diciembre, determina las características, el diseño y el contenido de la evaluación de Bachillerato para el acceso a la Universidad, así como los procedimientos de revisión de las calificaciones obtenidas, para los alumnos que finalicen el 2º curso de bachillerato en 2017. En los procesos de selección correspondientes al año 2017 este personal va a concurrir con otros aspirantes que con anterioridad superaron la prueba de acceso a la universidad (PAU), por lo que se hace necesario incorporar a las normas que regulan los citados procesos, las valoraciones que permitan establecer un orden de prelación adecuado entre los mismos.

Durante su tramitación, se dio conocimiento del proyecto de esta instrucción a las asociaciones profesionales inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales...

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