Orden ECI/4094/2005, de 16 de diciembre, por la que se convoca subvención para financiar medidas de apoyo institucional a los Sindicatos del sector, representados en la Mesa Sectorial de Universidades.

MarginalBOE-A-2005-21504
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

Orden ECI/4094/2005, de 16 de diciembre, por la que se convoca subvención para financiar medidas de apoyo institucional a los Sindicatos del sector, representados en la Mesa Sectorial de Universidades.

Los Presupuestos Generales del Estado incluyen, al amparo de la aplicación presupuestaria 18.07.322C.483, una subvención cuya finalidad es financiar medidas de apoyo institucional a los sindicatos del sector, que estén representados en la Mesa Sectorial de Universidades de la Administración General del Estado.

De conformidad con la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, (BOE de 12 de mayo) de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, este Ministerio, previos los informes del Servicio Jurídico y de la Intervención Delegada en el Departamento, ha dispuesto:

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.-El objeto de esta subvención es financiar medidas de apoyo institucional a favor de los sindicatos del sector que estén representados en la Mesa Sectorial de Universidades. Por tanto su ámbito de aplicación estará limitado a aquellos sindicatos que puedan acreditar su representación entre el personal docente universitario.

Para el logro de la finalidad señalada se dispone en la aplicación presupuestaria 18.07.322C.483 de una dotación de 142.560,00 ?.

Segundo. Beneficiarios y sus requisitos.-Podrán ser beneficiarios, en concurrencia competitiva, los sindicatos representativos del personal docente funcionario universitario que formen parte de la Mesa Sectorial de Universidades y presenten la correspondiente solicitud, en el plazo de quince días naturales, contados desde el siguiente al de publicación de la presente convocatoria. La acreditación de la condición de beneficiario será efectuada por la Secretaría de la Mesa Sectorial de Universidades.

Tercero. Procedimiento de concesión.-El Director General de Universidades, en virtud de la delegación contenida en el epígrafe I. Delegación de competencias en materia de Gestión Presupuestaria, Segundo.5 de la Orden ECI/87/2005, de 14 de enero (BOE de 28 de enero) de delegación de competencias del Ministerio de Educación y Ciencia, concederá mediante Resolución, la subvención que corresponda que le será propuesta por la Comisión que a tal efecto designe, en la que figurarán tres representantes de la Dirección General de Universidades (uno de los cuales presidirá la Comisión y otro actuará como Secretario; un representante del Gabinete de la Secretaría de...

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