Orden EDU/3423/2011, de 1 de diciembre, por la que a propuesta de la Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid, se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación, a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 30 de julio de 2010.

MarginalBOE-A-2011-19711
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyOrden

Por Resolución de 30 de julio de 2010, de la Dirección General de Recursos Humanos, de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid («Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» de 1 de septiembre), se convoca concurso-oposición para acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación.

Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, la Consejería de Educación y Empleo, por Resolución de 10 de noviembre de 2011 («BOCM» del 21), declara aptos en la fase de prácticas y aprobados en el mismo a los aspirantes seleccionados nombrados funcionarios en prácticas por Resolución de 26 de abril de 2011 («BOCM» de 5 de mayo)

De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, modificado por el Real Decreto 48/2010 de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo de Educación, y regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

Vista la propuesta de la Consejería de Educación y Empleo de la Comunidad de Madrid

Este Ministerio ha dispuesto:

Primero.

Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación, a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 30 de julio de 2010 que aparecen relacionados en el Anexo a esta Orden, con indicación del número de registro de personal y puntuación que les corresponde.

Segundo.

Los nombrados a través de la presente Orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación, con efectos de 1 de diciembre de 2011.

Tercero.

La presente Orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, contra esta Orden que es definitiva en la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley...

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