Orden TAS/36/2005, de 10 de enero, sobre delegación de competencias de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y la Subsecretaría de Trabajo y Asuntos Sociales, en materia de contratación administrativa, anticipo de caja fija, pago de ayudas económicas y gestión de personal.

Fecha de Entrada en Vigor22 de Enero de 2005
MarginalBOE-A-2005-1142
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

ORDEN TAS/36/2005, de 10 de enero, sobre delegación de competencias de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y la Subsecretaría de Trabajo y Asuntos Sociales, en materia de contratación administrativa, anticipo de caja fija, pago de ayudas económicas y gestión de personal.

El Real Decreto 562/2004, de 19 de abril, por la que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, ha establecido la nueva estructura del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, a partir de los cambios organizativos efectuados por el Real Decreto 553/2004, de 17 de abril, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales. Ello ha implicado la necesidad de aprobar transitoriamente mediante Orden TAS/1342/2004, de 12 de mayo, el que determinadas competencias de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración fueran delegadas en la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y en la Subdirección General de Administración Financiera.

Por otra parte, el Real Decreto 1600/2004, de 2 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, determina en su artículo 7 la asunción por parte de la Dirección General de Integración de los Inmigrantes, de las competencias que en materia de atención e integración de inmigrantes, refugiados y colectivos asimilados venía ejerciendo el antiguo Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO). En particular la letra c) del punto 1 delartículo 7, atribuye a esa Dirección General la gestión, control y seguimiento de los centros de migraciones, así como los programas que se ejecuten en éstos.

La actual estructura orgánica del Departamento hace necesario, por tanto, establecer el régimen de delegaciones de competencias en relación con la gestión de los centros de migraciones, lo cual no supondrá una modificación de las delegaciones en vigor, sino una ampliación y un complemento de las ya existentes.

Por ello, teniendo en cuenta la especial configuración y naturaleza de los nuevos centros de migraciones y con el fin de lograr una mayor agilidad, eficacia y economía de medios en los procesos de gestión en los mismos, es conveniente delegar el ejercicio de aquellas competencias sobre contratación administrativa, anticipo de caja fija y gestión de personal, en determinados...

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