Orden ARM/2341/2008, de 18 de julio, por la que se declara inhábil el mes de agosto de 2008 a efectos de cómputo del plazo de resolución del concurso de traslados de personal laboral del Ministerio de Medio Ambiente, convocado por Orden MAM/242/2008, de 28 de enero.

MarginalBOE-A-2008-13401
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Rango de LeyOrden

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 23, que el procedimiento para la concesión de subvenciones se iniciará siempre de oficio, mediante convocatoria pública aprobada por el órgano competente.

La Orden APA/2361/2005, de 8 de julio, establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades, empresas y profesionales, relacionados con la producción y la comercialización en el sector agrario, que faciliten datos estadísticos y de precios agrarios.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

El objeto de esta orden es la convocatoria para el año 2008 de las subvenciones a entidades, empresas y profesionales, relacionados con la producción y la comercialización en el sector agrario, que faciliten datos estadísticos y de precios agrarios para la elaboración de las operaciones estadísticas con fines estatales de realización obligatoria por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, por estar incluidas en el Plan Estadístico Nacional.

Artículo 2 Bases reguladoras.

Las bases reguladoras de estas subvenciones fueron aprobadas por la Orden APA/2361/2005, de 8 de julio, publicada en el Boletín Oficial del Estado de 20 de julio de 2005, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades, empresas y profesionales, relacionados con la producción y la comercialización en el sector agrario, que faciliten datos estadísticos y de precios agrarios.

Artículo 3 Créditos presupuestarios y cuantía de la subvención.
  1. La financiación de las subvenciones previstas en la presente orden se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 21.01.411M.772 de los Presupuestos Generales del Estado de 2008, por una cuantía máxima de 180,00 miles de euros.

  2. La cuantía máxima de la subvención a percibir por colaborador será de 3.000 euros, importe que será proporcional al volumen, complejidad del tipo de datos a suministrar y de acuerdo con la distribución que figura en el anexo I de la presente orden.

Artículo 4 Régimen de otorgamiento.

La concesión de las subvenciones se hará en régimen de concurrencia competitiva.

Artículo 5 Requisitos de los solicitantes.

Los requisitos que deberán reunir los solicitantes son los enumerados en los artículos 1 y 2 de la orden que estableció las bases reguladoras.

Artículo 6 Solicitudes.
  1. Las solicitudes para obtener las subvenciones se dirigirán a la Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y se formalizarán en el modelo que figura en el anexo II de esta orden.

  2. En caso de solicitar por primera vez dicha subvención, se acompañará a la solicitud contemplada en el anexo II, documentación relativa a: precios, posiciones comerciales, especificaciones y, en su caso, volúmenes comercializados de aquellos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR