Orden DEF/1313/2008, de 29 de abril, por la que se convoca proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre, en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.

MarginalBOE-A-2008-8328
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 66/2008, de 25 de enero (B.O.E. del día 30), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2008, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública.

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la igualdad de género en la Administración General del Estado, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado de 27 de noviembre).

Bases específicas

  1. Descripción de las plazas

    Se convoca proceso selectivo para cubrir 14 plazas del Cuerpo de Ingenieros Técnicos de Arsenales de la Armada, Código 0406, por el sistema general de acceso libre.

    Del total de estas plazas, 7 se reservarán para dar cumplimiento a lo dispuesto en el art. 118.3 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.

    Las plazas sin cubrir del cupo de reserva a militares profesionales, se acumularán al cupo de plazas de acceso general.

    El conjunto de plazas ofertado se distribuye por áreas de especialización y localización geográfica en la forma en que se relaciona a continuación:

    Especialidad

    Total

    plazas

    Plazas

    acceso

    general

    Plazas

    reserva

    militar

    Localización plazas

    I.T. Naval

    6

    2

    4

    Arsenal de Cádiz (San Fernando-Cádiz), (2 plazas).

    Base Naval de Rota (Rota-Cádiz), (1 plaza).

    Instalaciones Segundo Escalón de Mantenimiento en Rota (Rota-Cádiz), (1 plaza).

    Arsenal de Ferrol (Ferrol-A Coruña), (1 plaza).

    Arsenal de Cartagena (Cartagena-Murcia), (1 plaza).

    Telecomunicaciones

    2

    1

    1

    Jefatura de Apoyo Logístico (Madrid).

    Escuela de Especialidades de la Armada «Antonio de Escaño» (Ferrol-A Coruña).

    Industriales

    3

    2

    1

    Arsenal de Cádiz (San Fernando, Cádiz).

    Instalaciones Segundo Escalón de Mantenimiento en Rota (Rota-Cádiz).

    Base Naval de Rota (Rota-Cádiz).

    Química de Laboratorio

    2

    1

    1

    Instituto Tecnológico de La Marañosa (San Martín de la Vega, Madrid).

    Informática

    1

    1

    -

    Instituto Tecnológico de La Marañosa (San Martín de la Vega, Madrid).

    Total plazas

    14

    7

    7

    A los efectos de participación en los procesos selectivos correspondientes a las plazas reservadas a militares profesionales, se entenderá que los servicios prestados en las especialidades que a continuación se relacionan, guardan relación con las funciones a desempeñar en los puestos a los que se opta (Real Decreto 207/2003, de 21 de febrero, B.O.E. de 5 de marzo).

    Especialidad

    Relación de especialidades que guardan relación con las funciones a desempeñar en los puestos a los que se opta (R. D. 207/2003, de 21 de febrero)

    1. T. Naval

    Ejército de Tierra:

    Ingenieros (Cuerpo General de las Armas).

    Armada:

    Ingeniero (Cuerpo de Ingenieros).

    Maniobras y Navegación, Operaciones (Cuerpo de Especialistas).

    Ejército del Aire:

    Ingeniero (Cuerpo de Ingenieros).

    Telecomunicaciones.

    Ejército de Tierra:

    Ingenieros, Transmisiones (Cuerpo General de las Armas).

    Telecomunicaciones y Electrónica (Cuerpo de Ingenieros Politécnicos).

    Sistemas Electrónicos (Cuerpo de Especialistas).

    Armada:

    Ingeniero (Cuerpo de Ingenieros).

    Operaciones (Cuerpo de Especialistas).

    Ejército del Aire:

    Mando y Control (Cuerpo General).

    Ingeniero, Técnicas Aeroespaciales, Telecomunicaciones y Electrónica (Cuerpo de Ingenieros).

    Sistemas Operativos (Cuerpo de Especialistas).

    Industriales

    Ejército de Tierra:

    Ingenieros (Cuerpo General de las Armas).

    Armada:

    Ingeniero (Cuerpo de Ingenieros).

    Ejército del Aire:

    Ingeniero (Cuerpo de Ingenieros).

    Química de Laboratorio

    Ejército de Tierra:

    Armamento (Cuerpo de Ingenieros Politécnicos).

    Ingenieros (Cuerpo General de las Armas).

    Armada:

    Ingeniero (Cuerpo de Ingenieros).

    Ejército del Aire:

    Ingeniero (Cuerpo de Ingenieros).

    Sistemas Operativos (Cuerpo de Especialistas).

  2. Proceso selectivo

    El proceso selectivo constará de una fase de oposición y otra de concurso, con las pruebas, puntuaciones y méritos que se especifican en el Anexo I.

  3. Programa

    El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como Anexo II a esta convocatoria.

  4. Titulación

    Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación, en su caso.

  5. Nacionalidad

    Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el Anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.

  6. Requisitos específicos para el cupo de reserva para Personal Militar

    El personal que participe en este proceso selectivo optando a alguna de las plazas del cupo de reserva a militares profesionales deberá haber cumplido, como mínimo, tres años de servicio en las Fuerzas Armadas como militar de complemento, debiendo acreditar que durante ese periodo los servicios prestados, aptitudes o titulaciones adquiridas como militar guardan relación con las funciones correspondientes a la plaza a la que se opta. A tales efectos, por las Direcciones de Personal del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire se expedirá certificación a los interesados, relativa al cumplimiento de este requisito, conforme al Anexo V de esta convocatoria. En la expedición del mencionado certificado, que se deberá adjuntar a la solicitud, se tendrá en cuenta lo dispuesto en la base específica 1, reflejándose en el apartado A) del anexo la especialidad o, en su caso, especialidades militares profesionales en las que se han prestado dichos servicios.

  7. Solicitudes

    7.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en Internet en la página web www.060.es.

    7.2 La presentación de solicitudes se realizará en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». La solicitud se dirigirá a la Subsecretaria del Ministerio de Defensa.

    La no presentación de la solicitud en tiempo y forma determinará la exclusión de los aspirantes.

    7.3 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

    1. Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas «Inscripción en procesos selectivos», a través de la dirección de Internet (www.map.es) o en el Portal del ciudadano (www.060.es).

      La presentación de solicitudes por esta vía conllevará en su caso el pago telemático de la tasa de derechos de examen.

      En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, esta deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente.

    2. Igualmente, podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Defensa (Pso. de la Castellana, 109, 28071 Madrid), así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado Duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.

      7.4 Pago de la tasa de derechos de examen:

      El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

      En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.

      7.5 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.

      7.6 Ningún aspirante podrá concurrir a más de un área de especialización de las señaladas en la base específica 1 de esta convocatoria.

  8. Tribunal

    8.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.

    8.2 El Tribunal, de acuerdo con el art. 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

    Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo...

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