Orden CUL/1426/2009, de 12 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso por el sistema general de acceso libre y acceso por el sistema de promoción interna en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

MarginalBOE-A-2009-9126
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2009, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 4 de marzo de 2005, por el que se aprueba el Plan para la Igualdad de Género en la Administración General del Estado.

Esta convocatoria, a fin de facilitar el acceso a la información, figurará en la página web www.060.es y en la página del Ministerio de Cultura www.mcu.es, en el apartado de Oposiciones y Concursos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 284, de 27 de noviembre de 2007).

Bases específicas

  1. Descripción de las plazas

    1.1. Se convoca proceso selectivo para cubrir seis plazas del Cuerpo de Ayudantes de Archivos, Bibliotecas y Museos, Código 0313 por el sistema general de ingreso libre y seis plazas por el sistema de promoción interna, de las comprendidas en el artículo 6 del Real Decreto 248/2009, de 27 de febrero, en el Ministerio de Cultura. 1.2. La distribución por Secciones de las plazas convocadas es la siguiente:

    Sección Archivos:

    Dos plazas ingreso libre.

    Dos plazas acceso por promoción interna.

    Sección Bibliotecas:

    Dos plazas ingreso libre.

    Dos plazas acceso por promoción interna.

    Sección Museos:

    Dos plazas ingreso libre.

    Dos plazas acceso por promoción interna.

    En el caso de que las plazas convocadas por el sistema de promoción interna quedaran desiertas no podrán acumularse a las de la convocatoria de ingreso libre, según lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («Boletín Oficial del Estado» de 15 de abril). 1.3. Los aspirantes sólo podrán participar en una de las dos convocatorias (ingreso libre o promoción interna) y, dentro de la convocatoria por la que participen, sólo podrán presentarse a una de las tres Secciones convocadas (Archivos, Bibliotecas o Museos).

  2. Proceso selectivo

    El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de ingreso libre y mediante el sistema de concurso-oposición para los aspirantes que se presenten por el turno de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

    Incluirá la superación de un Curso Selectivo. Para la realización de este Curso Selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición en el turno de ingreso libre, y las fases de oposición y concurso en el turno de promoción interna, serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

  3. Programa

    Los programas que han de regir el proceso selectivo son los que figuran en el anexo II a esta convocatoria.

  4. Titulación

    Los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o Grado. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.

  5. Requisitos específicos para el acceso por promoción interna

    Los aspirantes que concurran a la convocatoria de acceso por promoción interna, además del requisito de titulación y de los requisitos recogidos en las bases comunes, deberán cumplir también los siguientes:

    Pertenencia a Cuerpo o categoría profesional:

    Personal funcionario de carrera: Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C1, o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos adscritos al Subgrupo C1, o a Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

    Personal laboral fijo: Pertenecer como personal laboral fijo a la categoría profesional de Titulado Medio de Gestión y Servicios Comunes del grupo profesional 2 del II Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado o a una categoría y grupo profesionales equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollar a nivel técnico de responsabilidad y cualificación, en los términos previstos en el Anexo III del II Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado, las siguientes funciones:

    Para la Sección de Archivos: Clasificación, ordenación, descripción y control de todo tipo de documentos.

    Para la Sección de Bibliotecas: Clasificación, referenciación, sistematización y control de todo tipo de documentos, publicaciones y libros.

    Para la Sección de Museos: Registro, inventario, documentación, conservación, gestión y difusión de bienes culturales y museos o instituciones análogas.

    Antigüedad:

    Personal funcionario de carrera: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado del Subgrupo C1, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al Subgrupo C1 o en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C1 del resto de las Administraciones incluidas en el artículo 2.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

    Personal laboral fijo: Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como personal laboral fijo en la categoría profesional de Titulado Medio de Gestión y Servicios Comunes del grupo profesional 2 del II Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado o en categorías y grupos profesionales equivalentes de otros convenios de Organismos Públicos, Agencias y demás Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia, vinculadas o dependientes de la Administración General del Estado y desarrollando las funciones que respectivamente se reseñan para cada Sección en el apartado precedente de esta misma base.

  6. Solicitudes

    6.1 Quienes deseen participar en este proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de derechos de examen (modelo 790) que se facilitará gratuitamente en Internet en la página web www.060.es

    6.2 Presentación de solicitudes.-La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:

    1. Los interesados podrán presentar solicitudes ante el Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas «Inscripción en procesos selectivos» a través de la dirección de Internet www.map.eo o en el Portal del ciudadano www.060.es

    La presentación de solicitudes por esta vía conllevará en su caso el pago telemático de la tasa de derechos de examen.

    En aquellos casos que deba presentarse documentación adicional junto con la solicitud de participación telemática, de conformidad con lo previsto en las bases específicas, dicha documentación deberá ser aportada presencialmente en los lugares previstos en la letra siguiente. b) Igualmente, podrán presentarse en el Registro General del Ministerio de Cultura, sito en Plaza del Rey, nº 1, 28004-Madrid, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en Cuerpos o Escalas de la Administración General del Estado.

    6.3 Pago de la tasa de derechos de examen.-El ingreso del importe correspondiente a los derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos.

    En aquellos supuestos en los que se haya optado por realizar una presentación de solicitudes a través del Registro Telemático del Ministerio de Administraciones Públicas, el ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministerio de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.

    Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR