Real Decreto 2244/1985, de 20 de marzo, por el que se indulta parcialmente a José Noguer Ribas.

MarginalBOE-A-1985-24866
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto
OE
núm.
286
111.
Viernes
29°noviembre
1985
o
Otras disposiciones
37809
24864
MINISTERIO
DE
JUSTICIA
REAL DECRETO 2242/1985. de
20
de marzo. por el
que
se
indulta parcialnlente aJosé Ramón del Tejo
Díaz.
,visto
el
expediente de indulto de José Ramón del Tejo Díaz,
incoado en virtud.de exposición elevada
al
Gobierno.
al
!J,mparo de
10
establecido en
el
párrafo
sc~undo
del artículo
2.
0del Código
Penal,
por
la Audiencia ProvinCIal de Oviedo, que, en sentencIa-de
1de diciembre de 1979,
le
condenó como autor de
un
delito de
utilización ilegítima de vehículo de mOtor ajeno. ala pena de
cuatro meses yun día de arresto mayor yprivación del permiso de
cpnducir
por
cuatro meses yde otro delito de
ro~,
ala pena de
cuatro años, dos meses yun día de prisión menor, yteniendo en
cuenta las circunstancias que concurren
en
los hechos.
Vistos la Ley de
18
de
junio
de 1870. reguladora de la gracia de
indulto y
el
Decreto de
22
de abril de 1938.
De
acuerdo con
el
parecer del Ministerio Fiscal ydel Tribunal
sentenciador, apropuesta del Ministro de Justicia yprevia delibera-
ción del Consejo de Ministros
en
su reunión del día 20.de m8I2o
de
1985,
Vengo en indultaraJosé
Ramón
del Tejo Díaz,
conmutando
la
pena de cuatro años, dos meses y
un
dia de prisión menor impuesta
por
la de un
año
de igual prisión, dejando subsisttntes los restantes
pronunciamientos contenidos en Iasentl'nci.a.
Dado
en
Madrid a20 de marzo de 1985.
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro de Justicia,
FERNANDO LEDESMA BARTRET
24865
REAL
DECRETO 2243/l-WJ5, de
20
de marzo. por el
que se indulta aAurelio
Vá=quez
Esteban.
Visto
el
expediente de indulto de Aurelio Vázquez Esteban.
incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno, al amparo de
lo establecido en el párrafo segundo del articulo
2.
0del Código-
Penal, por la Audiencia Provincial de Bilbao, que, en semencia de
22 de octubre de 1981,
le
condenó
como
autor
de un delito de robo,
ala pena de
un
año
de prisión menor, yteniendo
en
cuenta las
cirCUnstancias que concurren en los hechos. .
Vistos la
Ley
de
18
de
junio
de 1870, reguladora de
la
gracia de
indulto, yel Decreto de 22 de abril de 1938. ,
Oído el Ministerio Fiscal yde acuerdo con
el
parecer del
Tribunál sentenciador, apropuesta del Ministro de Justicia, y
previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día
20 de marzo de 1985,
Vengo en indultar aAurelio Vázquez Esteban, del resto de la
pena pendiente de cumplimiento, impuesta
en
la
expresada senten-
cia.
Dado en Madrid a20 de marzo de 1985.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Justicia.
FERNANDO LEDESMA BARTRET
24866
REAL
DECRETO 2244/1985, de 20
de
marzo.
jJor
el
que se indulta parcialmente aJosé Noguer Ribas
..
Visto el expediente de indulto de José Noguer Ribas, condenado
por
la Audiencia Provincial de Gerona, en sentencia de
22
de
marzo de 1983,
como
autor
de dos deNtas de robo, ados penas de
cinco años, cuatro meses
"Y
veintiún días de presidio menor,
posteriormente revisadas yreducidas ados de cuatro años, dos
meses yun día de prisión menor, yteniendo
en
cuenta las
circunstancias
Que
concurren en los hechos;
Vistos
la
Ley
de
18
de
junio
de 1870, reguladora de la gracia de
indulto, yel-Decreto de
22
de abril de 1938; :
De
acuerdo con
el
parecer del Ministerio Fiscal ydel Tribunal
Sentenciador, apropuesta del Ministro de Justicia yprevia delibe-
ración del Consejo de Ministros en su reunión del día 20 de marzo
de J985. .
Vengo en indultar aJosé Noguer Ribas, de un año de cada una
de las expresadas penas privativas de libertad impuestas en la
-referida sentencia.
Así
lo
di~pongo
por
el
presente Real Decreto.
dado
en Madrid
a20 de marzo de 1985.
JUAN
CARLOS
R.
El
Minislro de Justicia.
FERMNDO
lEDES\1A
BARTRET
24867
REAL DECRETO 2245/1985. de
20
de
mar:o por el
que
se
indulta aManuel Pérez Cuesta.
Visto el expediente de indulto de Manuel Pérez Cuesta. conde-
nado
por
el
Juzgado de Instrucción número 3de Valladolid, en
sentencia de
25
de enero de 1981, como autor de un delito de
imprudencia simple, a
la
pena de un
mes
yun día de arresto mayor
yprivación del permiso de conducir por cuatro meses. yteniendo
en cuenta·las circunstancias que concurren en los hechos;
Vistos
la
Ley de
18
de junio de 1870, reguladora de la gracia
de.
indulto,
yel
Decreto de
22
de abril de 1938;
De acuerdo con el parecer del Ministerio Fiscal ydel Tribunal
Sentenciador, apropuesta del Ministro de Justicia yprevia delibe-
ración del Consejo de Ministros en su reunión del día
20
de marzo
de 1985,
Vengo en indultar aManuel Pérez Cuesta.
conmutando
la pena
privativa de libertad impuesta por
la
de
m~lta
de 20.000 pesetas.
Dado en Madrid a20 de marzo de 1985.
JUAN CARLOS
R.
El
Ministro
d~
Justicia
FER,,"ANDO LEDESMA BARTRET
24868
REAL DECRETO 2246/1985. de
19
de
abril. por el
que se indulta aAngel Nuevo
Gil.
Visto
el
expediente de indulto de Angel Nuevo Gil. condenado
por
el Juzgado de Instrucción de Viella, en sentencia de
23
de julio
de 1979, como
autor
de dos delitos de hurto de 'uso, uno en grado
de tentativa yotro de frustración, ados penas de 20.000 pesetas de
multa yprivación del permiso de conducir odel derecho de
obtenerlo durante tres meses yun día; de un delito de robo, a
la
pena de un mes yun día de arresto mayor, yde
una
falta
de
hurto,
ala de diez días de arresto menor, yteniendo
en
cuenta las
circunstancias que concurren en los hechos.
Vistos
la
Ley de
18
de
junio
de 1870, reguladora de la gracia de
indulto, y
el
Decreto de
22
de abril de 1938. .
De acuerdo con
el
parecer del Ministerio Fiscal ydel órgano
-sentenciador, apropuesta del Ministro de Justicia yprevia delibera·
ción del Consejo de Ministros en su reunión del dia
17
de abril de
1985,
Vengo en indultar aAngel Nuevo Gil del total de las penas que
le fueron impuestas.
Dado en Madrid a
19
de abril de 1985.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro de Justicia,
FERNANDO
lEDESMA
BARTRET

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR