Real Decreto 1552/1983, de 16 de marzo, por el que indulta parcialmente a Jesús García Serrano.

MarginalBOE-A-1983-16103
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto
15766
7
junio
19H3
BOE.-NÚJ1l.
135
Vengo
en
indultar
a
Martina
Cazarla Fernández, conmu·
tanda
la
expresada
pena
privativa
de
libertad
por
la
de
seis
años
de
prisión
menor.
Dado
en
Madrid
a
16
de
marzo
de
1983.
JUAN
CARLOS
R.
El
Mlnistro
de
Justicia,
FERNANDO LEDE5MA BARTRET
Vistos
la
Ley
de
lB
de
junio
de
1870.
reguladora
de
la
gra-
cia
de
indulto,
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
1938;
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tri-
bunal
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
.
previa
deliberación
del
Consejo
de
MinistrC:s
en
su
reunión
del
día
16
de
marzo
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
Francisco
Jesús
Carda
Paniagua
de
la
cuarta
parte
de
la
pena
de
siete
años
de
presidio
mayor
impuesta.
Dado
en
Madrid
a16
de
marzo
de
1983.
16101
16100
JUA!\i
CARLOS
R.
JUAN
CAntOS
R.
REAL
DECRETO
1558/1983,
de
16
de
marzo,
por
el
que
se
indulta
parcialmente
a
FenJando
Geni-s
Arana.
REAL
DECRETO
1552/1983,
de
]6
d,,:
marzo,
por
el
que
S8
indulta
parcialmente
a
Jebub
Garcíu
Se-
rrano.
Visto
el
expediente
de
índulto
de
Jesús
Carcia
Serrano,
condenado
por
la
Audiencia
Provincial
de
Burgos
en
sentencia
de
9
de
marzo
de
1981,
como
autor
de
un
delito
de
robo, a
la
prma
de
dIez
años
y
un
día
de
presidio
mayor,
y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
los
hechos.
Vistos
la
Ley
de
18
de
junio
de
1870,
reguladora
de
la
gracia
de
indulto,
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
1938;
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tribu-
nal
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justica
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
16
de
mar:z.o
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
Jesús
Garcfa
Serrano
de
la
mitad
de
la
referida
pena
privativa
de
libertad.
Dado
en
Madrid.
a
16
c..:.e
marzb
de
1983.
El
Ministro
de
Justicia.
FERNANDO
LEDESMA
bAkTRET
REAL
DECHETO
155411983, de 16
de
mcrzo.
por
el
que
se
indulta
parcialmente
aCirioC'o
Jicras
Gon-
zález.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Ciriaco
Heras
González,
condenado
por
la
Audiencia
Provincü¡.}
de
Toledo
en
sentencia
de
20
de
septiembre
de
1980,
como
autor
de
un
delito
de
asesi-
nato,
a
la
pena
de
siete
años
de
prisión
m~yor,
y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
los
hechos.
Vistos
la
Ley
de
18
de
junto
de
1870,
reguladora
de
la
gracia
de
indulto,
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
1938;
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tribu·
nal
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
16
de
marzo
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
Ciriáco
Heras
González
de
d05'
afios
de
la
expresada
pena
privativa
de
libertad
impuesta
en
la
refe-
rida
sentencia.
Dado
en
Madrid
a16
de
marzo
de
1983.
El
Ml.nlstro
de
Justlcla.
FERNANDO
LEDE5MA
BARTRET
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Fernando
Genis
Arana,
condenado
por
la
Audiencia
Provincial
de
Valencia
en
senten·
cia
de
18
de
diciembre
de
1980,
como
cómplice
de
un
delito
de
robo,
a
la
pena
de
seis
años
de
presidio
menor.
y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
~os
l"';echos.
Vistos
la
Ley
de
18
de
junio
de
1870,
reguladora
·"'!e
la
gracia
de
indulto,
y
el
Decreto·
de
22
de
abril
de
11:138;
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal y
del
Tribu-
nal
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
16
de
marzo
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
Fernando
Genis
Arana
d0
la
mitad
de
la
expresada
pena
privativa
de
libertad
impuesta
(m
la
,eferida
sentencia.
Da110
en
Madrid
a
16
de
marzo
de
1983.
JUAN
CÁ
.RL05
R
El
Ministro
de
Justicia,
FER!\ANDO
LFDES"-'1A
BARTRFT
16103
16104
16105
REAL
DECRETO
154911983,
de
18
de
marzo.
nor
el
que
se
indulta
a
Mari4
Fernando
Fernández
Ro·
dUto.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Maria
Fernanda
Fernán-
dez
Rodiño,
condenada
por
la
Audiencia
Provincial
de
Segovia
en
sentencia
de
13
de
diciembre
de
1982,
como
autora
de
un
delito
contra
la
salud
pública,
a
la
pena
de
cuatro
meses
y
un
dia
de
arresto
mayor
y
multa
de
1,000
pesetas,
y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
los
hechos.
Vistos
la
Ley
de
18
de
junio
de
1870,
reguladora
de
la
gra-
cia
de
indulto,
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
1938¡
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tri-
bunal
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
16
Je
marzo
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
María
Fernanda
Fernández
Rodiño
del
resto
de
la
'pena
privativa
de
libertad.
pendiente
de
cum-
plimiento
impuesta
en
la
expresada
sentencia.
Dado
en
Madrid
a16
de
marzo
de
1983.
REAL
DECRETO
155011983,
de
18
de
marzo,
por
el
Que
se
indulta
parcialmente
a
Luis
Marcelo
Fuen-
tes
Rodrtguez.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Luis
Marcelo
Fuentes
Rodríguez,
condenado
por
la
Audiencia
Provincial
de
Jaén
en
sentencia
de
11
de
octubre
de
1979,
como
autor
de
un
delito
de
imprudencia
temeraria,
a
la
pena
de
dos
años
de
prisión
menor
y
cinco
aftos
de
privaCión
del
permiso
de
conducir,
y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
los
hechos.
Vistos
la
Ley
de
18
de
junio
de
1870,
reguladora
de
la
gra-
cia
de
indulto,
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
1938
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Minisf.erio
Fiscal
y
del
Tri-
bunal
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
BU
reunión
del
día
16
de
marzo
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
Luis
Marcelo
Fuentes
Rodriguez
de
un
año
de
la
pena
privativa
del
penni!:lo
de
conducir
que
le
re.'3ta
por
cumplir.
Dado
en
Madrid
a16
de
marzo
de
1983.
16099
REAL
DECRETO
1548/1983,
de
18
de
i'narzo,
por
el
que
Be
indulta
parcialmente
a
Manuel
Díaz Toril.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Manuel
Dfaz
Toril,
con-
denado
por
la
Audiencia
Provincial
de
Logroño
en
'sentencia
de
28
de
enero
de
1982,
como
autor
de
un
delito
de·
robo,
8
la
pena
de
cuatro
atios.
dos
meses
y
un
día
de
presidio
me·
nor,
y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
los
hechos.
Vistos
la
Ley
de
18
de
iunio
de
1870,
reguladora
de
la
cracia
de
indulto.
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
1938;
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tri-
bunal
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
16
de
marzo
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
Manuel
Díaz
Toril
de
la
mitad
de
la
referida
pena
privativa
de
Hbertad
impuesta.
Dado
en
Madrid
a16
de
marzo
de
1983.
El
Ministro
de
JusticIa,
FERNANDO
LEDESMA
BARTRET
El
Ministro
de
Justicia,
FERNANDO
LEDE5MA
BARTRET
JUAN
CARLOS R
JUAN
CARLOS
R.
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de
Justicia,
FERNANDO
LEDESMA
BARTRET
JUAN
CARLOS
R
16102
REAL
DECRETO
1551/1983,
de
18
de
marzo,
¡;Lar el
que
se
indulta
parcialmente
el
Francisco
Jesús
Gar-
cLa
Paniagua..
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Francisco
Jesús
Garda
Paniagua,
condenado
por
la
Audiencia
Provincial
de
Barce-
lona
en
sentencia
de
23
de
enero
de
1982,
como
autor
de
dos
delitos
de
robo,
a
las
penas
de
ctnco
m"lses
de
arresto
mayor
y
siete
a.ños
de
presidio
mayar,
y
teniendo
en
cuenta
las
cir-
cunstanCIas
que
concurren
en
los
hechos.
[1
Ministro
de
Jmticla.,
FERNANDO
LEDE5MA
BARTRET
16106
REAL
DECRETO
1555/1983,
de
16 de
mnT:O,
por
el
que
se
indulta
parcialmente
a
Roberto
Hcvia
Hoces.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Roberto
Hevia
Hoces,
in-
coado
en
virtud
de
exposicjón
elevada
ai
Gobierno
al
amparo
de
lo
establecido
en
el
pálTafo
segundo
del
articulo
segundo

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