Real Decreto 4178/1982, de 29 de diciembre, por el que se indulta parcialmente a Antonio Cadarso Mendaza.

MarginalBOE-A-1983-8978
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto
8938
28
marzo
1983
BOE.-Nú·n.
74
8975
8973
89;4
8976
REAL
DECRETO
4178/1982,
de
29
de
rticiembre.
por
el
Que
se
Indulta
tarcialmer¡te
!1
Anto'lio
Cadarso
Meruiaza.
Visto
el
exp€diente
de
indulto
de
Antonio
Cadarso
Mendaza,
cond·~nado
por
la
Audiencia
Pr~vincial
de
Ma.drld,
en
sen
tencia
de
15
de
julio
dE!
E:82,
c0mo
autor
de
un
de~ao
continuado
de
fa::;9(lad
en
documento
mr>rc.'lntil.
como
medio
de
come-ter
un
d-?;ito
de
estda,
a
la.
p:?Oa
de
diez
años
y
un
día
de
ore'sidio
ma-
yor.
y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
los
hechos.
Vistos
la
Ü!y
de
18
de
junio
de
1870.
reguladora
de
la
gracia
de
Indulto,
yel
Decreto
de
22
de
'abril
de
1938.
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tribu-
nal
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dta
29
de
diciembre
de
1002.
Vengo
en
indultar
a
Antonio
Cadarso
Mendaza,
conmutando
la
expresada
pena
privativa
de
libertad
por
Ja
de
cinco
años
de
presidio
menor.
Dado
en
Madrid
a29
de
diciembre
de
1982.
8979
REAL
DECRETO
4179/1082,
de
29
de
diciembre,
por
el
que·
se
Indulta
.oarcialmente
a
ALvaro
Lema.
SandQval
y
Germán
Ma,:"in,
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Alvaro
Lemas
Sandoval
'1
Germán
Marin.
incoado
en
virtud
de
exposición
elevada
al
Gobierno
al
amparo
de
lo
establecido
en
el
párrafo
segundo
del
artículo
segundo
del
Código
Penal.
por
la
Audiencia
Pro-
vincial
de
Valencia.
que
en
sentencta
de
30
de
marzo
de
1981
les
condenó
como
autores
de
un
delito
de
robo
a
la
pena
de
diez
años
y
un
día
de
preSidio
mayor
el
primero.
y
como
autor
de
dos
delitos
de
robo.
a
las
penu
de
diez
afias
y
un
cUa
de
presidio
mayor
y
cuatro
meses
y
un
dia
de
arresto ma-
yor
el
segundo,
y
teniendo
en
cuenta
las
ci.rcunstancias
que
concurren
en
los
hechos
VIstos
la
Ley
de
18
de
Junto
de
1870.
reguladora
de
la
era-
da
de
indulto.
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
1938. .
Oído
el
Ministerio
Fiscal
y
de
acuerdo
con
el
parecer
del
Tribunal
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
'1
previa
deliberación
del
Conselo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
29
de
diciembre
de
1982,
Vengo
en
indultar
a
Alvaro
Lemos
Sandova}
yGermAD.
Marin
de
la
mitad.
de
las
penas
de
presidio
mayor
impuestas.
dejando
subsistentes
los
restantes
pronunciamientos
conteni-
dos
en
la
sentencia.
con
su
expulsión
del
territorio
nacional
cuando
se
produzca
su
definitiva
excarcelación.
Dado
en
Madrid
a29
de
diciembre
de
1982.
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de JUStiCill,
FERNANDO LELJESMA
BARTRET'
El
Ministro
de
Justl~la,
FERNANDO
LEDESMA BAB1RET
JUAN
CARLOS
R.
JUAN
CARLOS
R.
El MInIstro de Juettcia,
FERNANDO LEDESMA BARTRET
El
Ministro
de
JusticIa,
FERNANOO LEDE5MA BAR1 RET
REAL
DECRETO
4177/1982.
de
29
de
diciembre.
por
el
que
se
indulta
parcialmente
a
Gerardo
GarcLa
Moreno
G6mez.
Visto
el
expediente
de
indulto.
de
Gerardo
Garcia
Moreno
G6mez.
condenado
por
la
Audiencia
Provincial
de
Cádiz.
en
sentencia
de
12
de
marzo
de
1981.
como
autor
de
un
delito
con-
tra.
la
salud
pública,
a
la
pena
de
seis
ai'Jos y
un
dia
de
prisión
mayor
y
multa
de
20.000
pesetas.
y
teniendo
en
cuenta
las
cir-
cunstancias
que
concurren
en
109
hecho!.
Vistos
la
Ley
de
18
de
lunio
de
11370,
reguladora
de
la
gracia
de
indulto,
y
el
Decreto
de
22
de
a.bril
de
1938.
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tribunal
sentenciador.
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
de-
liberación
del
Consejo
de
Minist¡os
en
su
reunión
del
día
29
de
diciembre
de
19B2,
Vengo
en
indultar
a
Gerardo
GarC'ia
Moreno
GÓmez.
de
una
tercera.
parte
de
la
pena
privativa
de
liber'tad
impuesta.
Dado
ea
Madrid
a
29
de
didembre
de
1982.
Vengo
en
indultar
a
Eduardo
Dominao
Alonso
Navarro,
de
la.
mitad
de
las
expresadas
penas
priv:ativ&s
de
libertad
impues-
tas
en
la
referida
sentencia.
Dado
en
Madrid
a29
de
diciembre
de
1982.
JUAN
CARLOS
R.
8977
:::978
REAL
DECRETO
4173/1982.
de 29
da
diciembre,
pOr
el
Que
88
indulta
parcialmente
(J
Félix
Buen
La"Ia.Z4. .
Visto el expediente
de
indulto de Félix Buen Laplaza, con-
denado
por
la
Audiencia
Provincial
de
Tarragona
en
sentencia
de
12
de
enero
de
1981.
como
autor
de
un
delito
de
reoeptac16n.
a
la
pena
de seis
&í\os
y
un
dia
de
presidio
mayor.
J
teniendo
en
cuanta
las
circunstancias
que
concurren
en
los
hechos;
Vistos
la
Ley
de
18
de
Junig
de
1870.
reguladora
de
.la
gracia
de
indulto.
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
1938¡
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tribunal
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
de-
liberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
29
de
diciem
bre
de
1982,
Vengo
en
indultar
aFélix
Buen
Laplaza
de
dos
añO!
'de
la
pena
que
le
queda
por
cumplir.
Dado
en
Madrid
a29
de
diciembre
de
1982.
REAL
DECRETO
4174/1982,
de
29
de
diciembre,
po,
el
que
se
indulta
porcialmente
a
Juan
Fernández
Rodr.f.guez.
...
Visto
el
expediente
de
indult.o
de
Juan
Fernández
Rodriguez.
Cop."'¡enada
pcr
la
AudiEncia
Provincial
de
Burgos
en
sentencla
de
25
de
septiembre
de
1978,
cerno
autor
de
un
delito
de
robo,
a
la
pena
de
cuatrc
años
dos
m~ses
y
un
dia
de
presidio
menor
yteni,,"ndo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
los
hECr.OS;
Vistos
ia
Ley
de
18
de
junio
de
1B7q,
regulad'Jra
de
la
gracia
de
"Q.jl.l!to
'!
el
Decrete
de
22
abr:l
de
193B;
De
acuerdo
con
el
pa"ecer
de] Minio;terio
Fiscal
y
del
Tri-
buna)
sentenciador
a
propu(''.ta
d",l
Ministro
de
Justicia
y
previa
d'3!iber
Qri6n
del
Consejo
de
Ministros
en
SU
reunión
del
dia
29
de
diciembre
de
1982.
V~n~o
en
;nduaar
a
Juan
F",rr:án.::J':!z
Rodríguez
de
la
cuarta
parte
de
la
pena
privativa
de
libertlld
impuesta.
Dado
en
Madrid
a29 de
dIciembre
de
1982.
REAL
DECRETO 4178/1982.
de
..
de
dk:tembre.
par
el
que
••
tndulta
Darcialmente
a
Eduardo
Domingo
Alonso
Navarro.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Eduardo
Dom1ngo
Alonso
Navarro,
condenado
por
1&
Audie.nc1a
Provinc1al
de
Zaragoza.
en
sentencia
de
18
de
marzo
de
1978
como
autor
dedos
delito'S
de
lesiones
graves.
a
las
penas
de
cuatro
ai'ios.
dos
meses
y
un
día
de
prisi6n
menor
V
cuatro
meses
f
un
cUa
de
arresto
mayor
y
multa
de
10.000 pesetas f
teniendo
en
cuenta
las
c1reunstan~
cias
qUe
concurren
en
los
hechos.
Vistos
la
Ley
de
18
de
junio
de 1870.
reguladora
de
la
gracia
de
indulto.
y
el
Decreto
de
22
de
abrtl
de
1938.
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tribunal
sentenciador.
a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
deli-
beración
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dJa
29
de
diciembre
de
1982.
E,
Ministro
de
JU!lticta
FERNANDO
LEDE~MA
BARTRET
El
Ministro
de Justicia,
FERNANDO LEDESMA BAR1RET
JUAN
CARLOS
R.
JUAN
CARLOS
R.
El Ministro de Justicia.,
FERNANDO LEDESMA BARTRET
JUAN
CARLOS
R.
REAL
DECRETO
4175/1982,
de
29
de
diciembre.
pOr
el
que
se
indulta
r.arcialmente
aJosé
Luis
Otero
Morales.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
José
Luis
Otero
Morales
.
con:ll'nado
por
la
Audiencia
Provincial
de
Guadalajara
en
sen-
tencia
de 18
de
Julio
de
1980,
como
autor
de
un
delito
de
robo.
a
la
ne
ns.
de
cinco
años
y
seis
meses
de
presidio
menor,
y
te-
niendo
en
cuenta
las
circunsta.!'cias
que
concurren
en
los
hechos;
Vistos
18
Ley
de
18
de
lunio
de
1870,
reguladora
de
la
gracia
de
;ndu:to,
yel
Decreto
de
22
j.
abril
de
1~38;
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tribunal
sentenciador,
a
prepuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
delt-
beración
del
Conseio
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
29
de
diciembre
de
1982.
Vengo
en
indultar
a
José
Luis
Otero
Morales
de
la
cuarta
parte
de
la
referida
pena
privativa
de
libertad.
Dado
en
Madrtd
a29
de
diciembre
de
1982.

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