Real Decreto 289/1988, de 18 de marzo, por el que se indulta a Luis Carlos Turrado Galván.

MarginalBOE-A-1988-8520
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto
BOE
núm.
81
Lunes 4abril 1988
10131
8518
8521
De acuerdo con
el
parecer del Ministerio Fiscal vdel Tribunal
sentenciador, apropuesta del Ministerio de
Jusiicia
vprevia
deliberación del Con5cjo
de
Ministros
en
su reunión del día
18
de
marzo de 1988;
Vengo en indultar la pena que
le
resta por
cumplir
aLuis
Santiago
Tomás
Pascual.
Dado
en
Madrid
a
18
de
mano
de
1988.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro de Justicia,
FERNANDO
LEDESMA
BARTRFT
REAL DECRETO 287/1988, de
18
de marzo,
por
el
que se indulta aJesús Luis
de
las Peñas
Vil!egas.
Visto
el
expediente de indulto
de
Jesús Luis
dr
las Peñas
Vilkgas. incoado en
virwd
de exposición elevada
al
Gobierno.
al
amparo
de
lo
establecido en
el
párrafo segundo del articulo 2.° del
CóctlgO. Penal. p?T .la
Audiencia
Provincial
de
Bilbao.
que
en
sentenCia de 2
de
Julio de 1986. le
condenó
como
autor
de
un
delito
de
utilización ilegitima
de
vehículo
de
motor
y
otro
de
robo.
alas
pen:.ts de
dos
mesl?s y
un
día
de
arresto
mavor
v
dos
años
cuatro
meses
y
un
día
de
prisión
menor
yprivación"del 'carné
de
conducir
por
tres meses yun dia, y
teniendo
en
cuenla
las
circunstancias
que
conCUITen
en
los hechos;
Vistos la Ley de
18
de
junio
de
1870,
reguladora
de
la gracia
de
indulto;
la Ley 1/1988.
de
14
de
enero,
modificadora
de
la
anterior,
y
el
DCCTeto
de
22
de
abJil
de
1938;
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal ydel
Tribunal
sentenciador.
a
propuesta
del
Ministerio
de
Justicia
y
previa
deliberación del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del día
18
de
marzo
de
1988;
Vengo
en
indultar
del resto
de
la
pena
que
le
queda
por
cumplir
aJesús Luis
de
las Pellas Villegas.
Dado
en I'vIadrid a 1S
de
marzo
de
1988.
JUAN
CARLOS
R.
De
~cuerdo
con
el
parecer
del t\:1inisterio Fiscal ydel
Tribunal
sen_tcnC'la.d.or.
a
propuesta
del .Ministerio
de
Justicia
yprevia
dellberaClcn del
Consejo
de
MInistros
en
su
reunión
del
día
18
de
mariO
de
!988;
Veng,o en
indultar
el resto
de
la
pena
que
le
resta
por
cumplir
a
LUIS
Carlos
Turrado
G8lván.
Dado
en
Madrid
a!8
de
marzo
de
1988.
JUAN
CARLOS
R,
El
Ministro dl' Justicia.
FERNANDO
lEDE5MA
BARTRIT
REAL
DECRETO 290/1988, de
18
de marzo,
por
el
que se indulta aAfanuel Almestre Castro.
Visto el
expediente
de
indulto
de
Manuel
Almestre
Castro,
conden.:ldo
por
la
Audiencia
Provincial
de
Toledo,
rn
s.:ntencia
de
8
de
octl:lbre
de
1984.
como
autor
responsable
de
un
delito
de
receptaClon, ala
pe~a
de
dos
años
de
prisión
menor
y
multa
de
30.000 pesetas. y
temendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concu-
rren
en
los hechos:
.Vistos la
Ley
de
18
de
junio
de
1870.
reguladora
de
bgracia
de
mdulto;
la
Ley
t/
198R.
de
14
de
enero,
modificadora
de
la
antenür,
yel
Decreto
de
22
de
abn!
de
1938;
De
~cuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal ydel Tribun31
sentrnCla~or.
a
propu.e~ta
del
Ministerio
de
Justicia
ypreYia
deltbi.'racJon del
Consejo
de
rvlinistros en su
reunión
del
día
18
dI.'
marzo
de
1988;
Vengo
en
indultar
a
Manuel
Almestre
Ca~tro
de
la
mitad
de
la
rena
prnatlva
de
1Jbt~n.ad
impuesta.
Dado
en
~Iadrjd
a
18
de
marzo
de
!988.
JUAN
CARLOS
R.
El
\1ini'ilro
<.k>
Ju~¡j("¡,1,
FERNANDO
l[DL~M
A.
BARTRET
El
~li'listrl)
de Justicia,
FERN.-\NDO
LEDES~'l,'
BAR1
RET 8522
REAL
DECRETO 291/1988,
de
25
de marzo,
por
el
que se indulta aAlberto Olean Boada.
8519
REAL
DECRETO 288/1988, de 18 de marzo,
por
el
que se indulta aJoaquina AIgeciras Aforera.
Vi~to
el
expediente
de
indulto
de
Joaquina
AIgcciras
Morera.
incoado
en
virtud
de
exposición
elevada
al
Gobierno,
al
amparo
de
10
establecido
en
el
párrafo
segundo
del
articulo
2.° del Código
PenaL
por
la
Audiencia
Provincial
de-
Cadiz,
que
en
sentencia
de
12
de
marzo
d.; 1987, la
condenó
corno
autora
de
un
delito
de
desórdenes
publicos. ala
pena
de
cuntro
años, dos
meses
yun dla
de
prisión
menor,
y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
concu·
rrentes
en
le;,; hechos;
Vistos la Ley
de
18
de
junio
de
1870, reguladorn
de
la gracia
de
indulto;
la Ley 1/1988,
de
14
de
enero,
modificadora
de
la nnterior,
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
1938;
De
acucrdo
con
el
parecer
del t\·1inistcrio Fiscal ydel
Tribunal
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministerio
de
Justicia
yprevia
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
18
de
marzo
de
1988;
Vengo
en
indultar
una
tercera
parte
de
la
pena
impuesta
a
Joaquina
Algeciras
Morera.
Dado
en
t\'ladrid a
18
de
marzo
de
1988.
lUAN
CARLOS
R.
El
Ministro de Justicia.
FERNANl)O
LEl)ES\'L\
B-\RTRET
V.ista el
expediente
de
indulto
de
Alberto
Oleart
Boada,
incoado
en
vlrtL!d
de
exposición
elevada
al
Gobierno,
al
amparo
de
lo
establendo
en
el
párrafo
segundo
del
articulo
2.odel Código PenaL
por)a.Sala
Segunda
del
Tribur.al
Supremo,
que
en
sentencia
de
12
de
Ju!Jo.
de
1985,
resolutoria
de
recurso
de
casación,
contra
otra
sentenCia
de
la
Audiencia
Provincial
de
Barcelona, le
condenó.
como
aulor
de
cinco delitos
de
robo, a
varias
penas,
yen aplicación
d~l
articl.-llo 70 del
Código
Penal
quedó
fijada
en
una
pena
de
doce
anos.
seis
meses
ytres
días
de
reclusión
menor,
v
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
concurrentes
en
los
hechos'
Vistos la
Ley
de
18
de
junio
de
1370.
reguladora
~:ie
la gracia
de
indulto,
modificada
por
Lev 1/1988,
de
!4
de
enero.
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
193H;
"
.
De
conformidad
con el
Ministerio
Fiscal yel
Tribunal
senten~
clador,
a
propuesta
del !l1inistro
de
Justicia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
25 de
marzo
de
1988;
Yengo.en
indultar.:l
Alberto
Oleart
Boada
dos
años
de
la
pena
conjunta
Impuesta.
Dado
en
Palma
de
Mallorca
a
25
de
marzo
de
1988.
JUAN
CARLOS
R.
El
\Iinistro
do,'
Justicia,
FER~'!\:lX)
LfDES~IA
BARTRET
8520
Visto el
expediente
de
indulto
de
Vicente
José
F10res Trujillo,
incoado
en
virtud
de
exposición
elevada
al
Gobierno,
en
cumpli-
miento
del prlvilegio
otorgado
por
el
Rey
Carlos
JII
ala
Cofradia
de
Nucstro
Padre
Jesús el Rico,
por
la
Audiencia
Provincial
de
tvlálaga,
que
en
sentencia
de
2
de
octubre
de
1987.le
condenó
como
autor
de un
delito
de
robo. ala
pena
de
cuatro
años,
dos
meses y
un diJ.
de
prisión
menor.
y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en los hechos;
.
VIstO'>
bLey de
18
de
junio
de
1870,
reguladora
de
la gracia
de
Indullo; la Ley
1/i988,
de
14
de
enero.
modificadora
de
la
anterior,
yel D('creto de
22
de
abril
de
1938:
Di.?
con~Jfmjd.1d
con
el
Ministerio
Fiscal
yel
Tribunal
sentc-n-
ciador.
a
propuesta
del
~linistro
de
Justicia
y
previa
deliberación
REAL
DECRETO 289/1988, de 18 de marzo,
por
el
que
se
indulta aLuis Carlos Turrado Galvdll.
Visto el
expediente
de
indulto
de-
Luis
Carlos
Turrado
Galván
inco3do
en
virtud
de
exposición
e!cvad2. al
Gobierno,
al
amparo
d~
lo
est~blccido
en el
párrafo
segundo
del
articulo
2.° del
Cód:go
Penal,
por
el
Tnbunal
Supremo,
que
en
sentencia
de
16
de
mayo
de 1936,
resolutoria
de
recurso
de
casación,
contra
otra
sentencia
de
10
de
enero
do?
1985
de
la
Audiencia
Provincia!
de León le
(ondenó
ala
pena
de
cllntro
aí'J.os,
dos
meses
vun día vh.'nier;do
en
cuenta
las
circunstancias
concurrentes
en
[os
hech~s'
.Vistos la Ley de !Sde
junio
de
1870, reguladC'fa de
l~
gr3·.:ia de
Indulto;
la
Ley 1/1983,
de
!4
de
eo<.>
modJÍlc;:¡dora de la
anterior.
yel
Decf{~to
de
22
di.'
abnl
de
!933;
8523 REAL DECRETO 292/1988,
de
25 de marzo,
por
el
que
se
indulta aVicente Jase Flores Trujillo.

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