REAL DECRETO 1690/1999, de 29 de octubre, por el que se indulta a don José María Ginestar Pérez.
Marginal | BOE-A-1999-22275 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Rango de Ley | Real Decreto |
REAL DECRETO 1690/1999, de 29 de octubre, por el que se indulta a don José María Ginestar Pérez.
Visto el expediente de indulto de don José María Ginestar Pérez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4º, apartado tercero, del Código Penal, por la Audiencia Nacional, Sección Cuarta de lo Penal, que, en sentencia de fecha 2 de febrero de 1998, le condenó como autor de un delito de falsificación de moneda, a la pena de ocho años de prisión y multa de 520.000 pesetas, y de una falta intentada de estafa, a la pena de multa de un mes, con una cuota diaria de 500 pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de octubre de 1999,
Vengo en conmutar a don José María Ginestar Pérez la pena privativa de libertad impuesta, por otra de cuatro años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de ocho años, desde la publicación del presente Real Decreto.
Dado en Madrid a 29 de octubre de 1999.
JUAN CARLOS R.
La Ministra de Justicia,
MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN
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