REAL DECRETO 330/2000, de 3 de marzo, por el que se indulta a don José Manuel Durán Ravelo.

MarginalBOE-A-2000-5379
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto

REAL DECRETO 330/2000, de 3 de marzo, por el que se indulta a don José Manuel Durán Ravelo.

Visto el expediente de indulto de don José Manuel Durán Ravelo, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Las Palmas, en sentencia de fecha 10 de noviembre de 1997, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años y dos meses de prisión y multa de 7.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de marzo de 2000,

Vengo en indultar a don José Manuel Durán Ravelo la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años, desde la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 3 de marzo de 2000.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN 5380 REAL DECRETO 331/2000, de 3 de marzo, por el que se indulta a don Alejandro Fernández Imbernón.

Visto el expediente de indulto de don Alejandro Fernández Imbernón, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Madrid, en sentencia de fecha 30 de junio de 1998, como autor de un delito de robo intentado, a la pena de seis meses y un día de prisión, y delito de allanamiento de morada, a la pena de seis meses y un día de prisión y multa de seis meses con una cuota diaria de 200 pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de marzo de 2000,

Vengo en indultar a don Alejandro Fernández Imbernón las pena privativas de libertad pendientes de cumplimiento, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 3 de marzo de 2000.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

5381 REAL DECRETO 332/2000, de 3 de marzo, por el que se indulta a don Manuel Garrido Muñoz.

Visto el expediente de indulto de don Manuel Garrido Muñoz, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Juzgado de lo Penal número 3 de Málaga, en sentencia de fecha 19 de mayo de 1998, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de dieciocho meses de prisión y multa de 300.000 pesetas, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1997, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de marzo de 2000,

Vengo en conmutar a don Manuel Garrido Muñoz la pena privativa de libertad impuesta, por otra de un año de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 3 de marzo de 2000.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

5382 REAL DECRETO 333/2000, de 3 de marzo, por el que se indulta a don Manuel Herrón García.

Visto el expediente de indulto de don Manuel Herrón García, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por el Tribunal Supremo, Sala Segunda, en sentencia de fecha 12 de diciembre de 1994, resolutoria de recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Nacional, Sección Primera de lo Penal, de fecha 12 de enero de 1994, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de cuatro años de prisión menor y multa de 2.000.000 de pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1990, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de marzo de 2000,

Vengo en indultar a don Manuel Herrón García la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años, desde la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 3 de marzo de 2000.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

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