Real Decreto 3152/2000, de 1 de diciembre, por el que se indulta a don Igor Arruabarrena Martínez.

MarginalBOE-A-2001-873
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto
1474 Viernes 12 enero 2001 BOE núm. 11
servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer
delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida1dediciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
870 REAL DECRETO 3149/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Aitor Aristeta Mayoz.
Visto el expediente de indulto de don Aitor Aristeta Mayoz, con los
informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por
la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de San Sebastián, en sen-
tencia de fecha 28 de septiembre de 1998, como autor de un delito contra
el deber de cumplimiento del servicio militar obligatorio, a la pena de
seis meses de prisión y diez años de inhabilitación absoluta, con las acce-
sorias legales, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta del Minis-
tro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Aitor Aristeta Mayoz la pena privativa de
libertad e inhabilitación impuestas por otra de cuatro años de inhabi-
litación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al servicio
de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso
durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida1dediciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
871 REAL DECRETO 3150/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Manuel Arrieta Azkarate.
Visto el expediente de indulto de don Manuel Arrieta Azkarate, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa, en sen-
tencia de fecha 28 de enero de 1998, como autor de un delito de rehúse
al cumplimiento del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión
e inhabilitación absoluta por un tiempo de diez años, por hechos cometidos
en el año 1992, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación
del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Manuel Arrieta Azkarate la pena privativa
de libertad e inhabilitación impuestas por otra de cuatro años de inha-
bilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al ser-
vicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito
doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida1dediciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
se indulta a don Juan José Arrieta Olascoaga.
Visto el expediente de indulto de don Juan José Arrieta Olascoaga,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, con-
denado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa,
en sentencia de fecha 4 de marzo de 1998, como autor de un delito de
rehúse al cumplimiento del servicio militar, a la pena de seis meses de
prisión e inhabilitación absoluta por un tiempo de diez años, por hechos
cometidos en el año 1994, a propuesta del Ministro de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre
de 2000,
Vengo en conmutar a don Juan José Arrieta Olascoaga la pena privativa
de libertad e inhabilitación impuestas por otra de cuatro años de inha-
bilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al ser-
vicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito
doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida1dediciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
873 REAL DECRETO 3152/2000, de 1 de diciembre, por el que
se indulta a don Igor Arruabarrena Martínez.
Visto el expediente de indulto de don Igor Arruabarrena Martínez,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, con-
denado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Guipúzcoa,
en sentencia de fecha 23 de marzo de 1998, como autor de un delito
de rehúse al cumplimiento del servicio militar, a la pena de seis meses
de prisión e inhabilitación absoluta por un tiempo de diez años, por hechos
cometidos en el año 1994, a propuesta del Ministro de Justicia y previa
deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre
de 2000,
Vengo en conmutar a don Igor Arruabarrena Martínez la pena privativa
de libertad e inhabilitación impuestas por otra de cuatro años de inha-
bilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al ser-
vicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito
doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida1dediciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
se indulta a don Anastasio Arruti Gurruchaga.
Visto el expediente de indulto de don Anastasio Arruti Gurruchaga,
con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, con-
denado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de San Sebastián,
en sentencia de fecha 21 de mayo de 1998, como autor de un delito contra
el deber de cumplimiento del servicio militar obligatorio, a la pena de
seis meses de prisión y diez años de inhabilitación absoluta, con las acce-
sorias legales, por hechos cometidos en el año 1995, a propuesta del Minis-
tro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión
del día 1 de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Anastasio Arruti Gurruchaga la pena privativa
de libertad e inhabilitación impuestas por otra de cuatro años de inha-
bilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al ser-
vicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito
durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.
Dado en Madrida1dediciembre de 2000.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Justicia,
ÁNGEL ACEBES PANIAGUA
se indulta a don Ander Arteaga Izquierdo.
Visto el expediente de indulto de don Ander Arteaga Izquierdo, con
los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado
por el Juzgado de lo Penal número 2 de San Sebastián, en sentencia de
fecha 9 de octubre de 1997, como autor de un delito contra la negativa
del cumplimiento del servicio militar obligatorio, a la pena de seis meses
de prisión y diez años de inhabilitación absoluta, con las accesorias legales,
por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta del Ministro de Justicia
y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1
de diciembre de 2000,
Vengo en conmutar a don Ander Arteaga Izquierdo la pena privativa
de libertad e inhabilitación impuestas por otra de cuatro años e inha-
bilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al ser-

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