REAL DECRETO 450/2000, de 31 de marzo, por el que se indulta a don Enrique Hylass Jiménez.

MarginalBOE-A-2000-7931
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto

REAL DECRETO 450/2000, de 31 de marzo, por el que se indulta a don Enrique Hylass Jiménez.

Visto el expediente de indulto de don Enrique Hylass Jiménez, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4, apartado tercero, del Código Penal, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Málaga que, en sentencia de fecha 24 de abril de 1998, resolutoria de recurso de apelación interpuesto contra otra del Juzgado de lo Penal número 5 de Málaga, de fecha 30 de enero de 1998, le condenó, como autor de un delito de falsedad en documento mercantil, a la pena de seis meses y un día de prisión menor y multa de 100.000 pesetas; un delito de falsedad de documento privado, a la pena de seis meses y un día de prisión menor, y un delito de estafa en grado de tentativa, a la pena de multa de 100.000 pesetas, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1985, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 31 de marzo de 2000,

Vengo en indultar a don Enrique Hylass Jiménez las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que abone las responsabilidades civiles fijadas en sentencia en el plazo que determine el Tribunal sentenciador y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de dos años, desde la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 31 de marzo de 2000.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

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