Real Decreto 103/2001, de 2 de febrero, por el que se indulta a doña María Isabel Rivero Bocanegra.

MarginalBOE-A-2001-3357
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto

REAL DECRETO 103/2001, de 2 de febrero, por el que se indulta a doña María Isabel Rivero Bocanegra.

Visto el expediente de indulto de doña María Isabel Rivero Bocanegra,

con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado

en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido

en el artículo 4.o, apartado tercero, del Código Penal, por la Sección Sexta

de la Audiencia Provincial de Vizcaya que, en sentencia de fecha 30 de

marzo de 2000, le condenó como autora de un delito contra la salud pública,

a la pena de tres años de prisión y multa de 1.550 pesetas, con las accesorias

de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el

tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1999, a propuesta

del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros

en su reunión del día 2 de febrero de 2001,

Vengo en conmutar a doña María Isabel Rivero Bocanegra la pena

privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición

de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde

la publicación del presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 2 de febrero de 2001.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ÁNGEL ACEBES PANIAGUA

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