REAL DECRETO 2859/2000, de 1 de diciembre, por el que se indulta a don José Ángel Carlos-Roca Sainz de los Terreros.

MarginalBOE-A-2000-24443
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyReal Decreto

REAL DECRETO 2859/2000, de 1 de diciembre, por el que se indulta a don José Ángel Carlos-Roca Sainz de los Terreros.

Visto el expediente de indulto de don José Ángel Carlos-Roca Sainz de los Terreros, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido en el artículo 4º, apartado tercero, del Código Penal, por la Sección Decimoséptima de la Audiencia Provincial de Madrid que, en sentencia de fecha 9 de julio de 1996, le condenó, como autor de un delito de malversación de caudales públicos, a la pena de cuatro años de prisión y diez años de inhabilitación absoluta, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1979, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,

Vengo en indultar a don José Ángel Carlos-Roca Sainz de los Terreros la mitad de la pena privativa de libertad e inhabilitación pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, ÁNGEL ACEBES PANIAGUA 24444 REAL DECRETO 2860/2000, de 1 de diciembre, por el que se indulta a don Jesús Casado Cordero.

Visto el expediente de indulto de don Jesús Casado Cordero, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Vizcaya, en sentencia de fecha 26 de julio de 1995, como autor de un delito de imprudencia temeraria con resultado de lesiones, a la pena de un año de prisión menor y un delito de lesiones, a la pena de dos años cuatro meses y un día de prisión menor, con las accesorias legales durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1992, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,

Vengo en indultar a don Jesús Casado Cordero las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, ÁNGEL ACEBES PANIAGUA

24445 REAL DECRETO 2861/2000, de 1 de diciembre, por el que se indulta a don Francesc Casas Oller.

Visto el expediente de indulto de don Francesc Casas Oller, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Barcelona, en sentencia de fecha 6 de octubre de 1997, como autor de un delito contra el deber de prestación social sustitutoria, a la pena de doce meses-multa con una cuota de 200 pesetas y ocho años de inhabilitación absoluta, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1991, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,

Vengo en conmutar a don Francesc Casas Oller la pena de inhabilitación impuesta por otra de cuatro años de inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, ÁNGEL ACEBES PANIAGUA

24446 REAL DECRETO 2862/2000, de 1 de diciembre, por el que se indulta a don Jorge Castaño Merino.

Visto el expediente de indulto de don Jorge Castaño Merino, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, condenado por la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón, en sentencia de fecha 21 de octubre de 1997, como autor de un delito contra el deber de prestación del servicio militar, a la pena de seis meses de prisión y diez años de inhabilitación absoluta, con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1996, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de diciembre de 2000,

Vengo en conmutar a don Jorge Castaño Merino la pena privativa de libertad e inhabilitación impuesta por otra de cuatro años de inhabilitación especial para el desempeño de cualquier empleo o cargo al servicio de la Administración, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 1 de diciembre de 2000.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia, ÁNGEL ACEBES PANIAGUA

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR