REAL DECRETO 1512/1998, de 10 de julio, por el que se indulta a don Alonso Eguía Hernández.

MarginalBOE-A-1998-19622
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyReal Decreto

REAL DECRETO 1512/1998, de 10 de julio, por el que se indulta a don Alonso Eguía Hernández.

Visto el expediente de indulto de don Alonso Eguía Hernández, con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado por Orden de la Ministra de Justicia de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley de Indultos y condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Bilbao, en sentencia de fecha 11 de septiembre de 1996, le condenó, como autor de un delito de negativa al cumplimiento del servicio militar, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor e inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y accesorias, por hechos cometidos en el año 1993, a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de julio de 1998,

Vengo en indultar a don Alonso Eguía Hernández la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidosen sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena.

Dado en Madrid a 10 de julio de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

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