RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2002, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades por la que se regula la concesión de las ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso académico 2002/2003.

MarginalBOE-A-2002-19320
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 18 de septiembre de 2002, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades por la que se regula la concesión de las ayudas individualizadas de transporte escolar para el curso académico 2002/2003.

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, dispone en su artículo 65.2 que en la Educación Primaria y en la Educación Secundaria Obligatoria en aquellas zonas rurales en que se considere aconsejable, se podrá escolarizar a los niños en un municipio próximo al de su residencia para garantizar la calidad de la enseñanza. En este supuesto, la Administración educativa habrá de prestar, entre otros servicios escolares, el de transporte.

No obstante, algunos de estos alumnos, por diversas circunstancias, no pueden hacer uso de las rutas contratadas al efecto por la Administración, por lo que han de recibir ayuda para los gastos que les supone desplazarse, por sus propios medios, al Centro escolar.

La concesión de estas ayudas se configura, por tanto, como una de las ayudas o subvenciones no competitivas e impuestas a la Administración en virtud de norma de rango legal, de las mencionadas en el artículo 81.6 del Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley General Presupuestaria.

Por otra parte, la concesión, así como la disposición de gastos y propuesta de pagos, de estas ayudas se encuentran desconcentradas en las Direcciones Provinciales del Departamento, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 3186/1978, de 1 de diciembre y en el Real Decreto 2228/1982, de 27 de agosto, respectivamente.

Asimismo, el artículo 19 del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la Acción Educativa en el Exterior ('Boletín Oficial del Estado' de 6 de agosto), establece la posibilidad de conceder ayudas a los alumnos que asisten a centros de titularidad del Estado español en el extranjero, cuya situación social y económica así lo aconseje, para compensar las cuotas que, por servicios o enseñanzas y actividades de carácter complementario, aquéllos tuvieran que realizar.

Finalmente, con fecha 22 de agosto de 2002, la Dirección General del Tesoro y Política Financiera del Ministerio de Economía ha autorizado, nuevamente, que el pago de estas ayudas se realice por el sistema de pago 'en firme' a través de Habilitado.

En su virtud, he dispuesto:

Primero.--1. Los Directores Provinciales del Departamento podrán conceder para el presente curso 2002/2003 ayudas individualizadas para colaborar en los gastos de transporte de aquellos alumnos de los niveles obligatorios de la enseñanza que, no disponiendo de Centro docente adecuado al nivel de estudios que deben cursar en la localidad donde tengan fijado su domicilio familiar, no puedan hacer uso de las rutas contratadas al efecto por la respectiva Dirección Provincial para asistir a las clases.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR