RESOLUCIÓN de 19 de febrero de 2002, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se convocan ayudas económicas individuales para la participación en actividades de formación del profesorado.

MarginalBOE-A-2002-5172
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

La necesidad de formar de manera específica a un profesorado con competencias profesionales cada vez más diversas hace que la Administración ofrezca una variedad de programas y una diversidad de actuaciones, con el fin de favorecer el desarrollo profesional de los docentes.

En el programa de formación permanente del profesorado que desarrolla el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, se convocan anualmente ayudas económicas individuales para actividades de formación del profesorado que ejerce en niveles anteriores a la Universidad, con la finalidad de fomentar las iniciativas de los docentes hacia su propia formación.

Dada la positiva valoración del programa en anteriores ejercicios, resulta aconsejable la continuidad del mismo a fin de apoyar económicamente la participación del personal docente en actividades de formación que elijan libremente.

A dicha finalidad obedece la presente convocatoria, para cuya resolución se estará a lo dispuesto en los artículos 81 y siguientes de la Ley General Presupuestaria, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, y al Real Decreto 2225/1993, de 17 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del procedimiento para la concesión de subvenciones públicas.

Por todo ello, esta Secretaría de Estado ha resuelto:

Objeto de la convocatoria

Primero.

  1. Se convocan ayudas económicas individuales con una cuantía máxima de 1. 300 euros para la participación en actividades de formación del profesorado, de acuerdo a las siguientes modalidades de actividad: Congresos, cursos de formación, seminarios, estudios universitarios y otras análogas.

  2. El importe total a distribuir en la presente Convocatoria no podrá superar la cantidad de 95. 000 euros, con cargo a la consignación presupuestaria 18. 09. 42113. 485, de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2002.

    Segundo.

    Las ayudas se concederán para la participación en actividades de formación relacionadas con el puesto de trabajo del solicitante y cuya realización finalice en el período comprendido entre el 1 de octubre de 2001 y el 30 de septiembre de 2002.

    Requisitos de los solicitantes

    Tercero.

    Podrán solicitar estas ayudas los profesores y personal especializado docente que reúnan las siguientes condiciones:

    1. Estar prestando servicios en Centros docentes, públicos o privados ubicados en el área de gestión directa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, de Educación Especial, Permanente de Adultos, Infantil, Primaria, Secundaria, Enseñanzas Artísticas y de Idiomas y en Servicios Técnicos y de Apoyo a los mismos y Servicios de Inspección dependientes de este Ministerio.

    2. No recibir ayuda o beca suficiente de cualesquiera Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o extranjeros, para la misma finalidad.

    3. No estar destinado en adscripción temporal en el exterior en el presente curso 2001-2002.

    4. No encontrarse incluido entre los maestros y profesores, que deseen solicitar una ayuda para participar en actividades de formación en otros Estados miembros de la Unión Europea y que reúnan los requisitos establecidos en la Convocatoria de ayudas que específicamente para dicho fin se viene convocando de acuerdo con la acción Comentos 13. 2 del Programa Sócrates.

    Presentación, de solicitudes

    Cuarto.

  3. Los aspirantes a una de estas ayudas presentarán sus solicitudes, según modelo que figura en el anexo I de la presente convocatoria, en las Direcciones Provinciales del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, Subdirección General o Unidades de destino. También podrá utilizarse para la presentación de solicitudes cualquiera de las dependencias a que se refiere el artículo 38. 4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, si, en uso de...

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