Orden PRE/3420/2007, de 14 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros por el que se aprueba la asignación individual de derechos de emisión de gases de efecto invernadero a las instalaciones incluidas en el Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, 2008-2012.

MarginalBOE-A-2007-20405
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

El Consejo de Ministros, en su reunión de 2 de noviembre de 2007 y a propuesta de los Ministros de Medio Ambiente, de Economía y Hacienda y de Industria, Turismo y Comercio, ha adoptado el Acuerdo por el que se aprueba la asignación individual de derechos de emisión de gases de efecto invernadero a las instalaciones incluidas en el Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, 2008-2012.

Para general conocimiento se procede a la publicación del referido Acuerdo, que figura como anejo a la presente orden.

Madrid, 14 de noviembre de 2007.-La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia, María Teresa Fernández de la Vega Sanz.

ANEJO

Acuerdo por el que se aprueba la asignación individual de derechos de emisión de gases de efecto invernadero a las instalaciones incluidas en el Plan Nacional de Asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero, 2008-2012

La Ley 1/2005, de 9 de marzo, crea y regula un régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en España. La Ley 1/2005 establece la existencia de Planes Nacionales de asignación que tienen vigencia durante un período dado de tiempo. Cada Plan, que debe ser aprobado por el Gobierno mediante real decreto, determina el volumen total de derechos de emisión que se van a asignar, la metodología de cálculo para la asignación individual de derechos, el tamaño de la reserva de nuevos entrantes y las reglas de gestión de la reserva.

El Real Decreto 1370/2006, de 24 de noviembre, aprobó el Plan Nacional de asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero para el período 2008-2012.

De conformidad con el artículo 9 de la Directiva 2003/87, de 13 de octubre de 2003, el Real Decreto 1370/2006 fue notificado a la Comisión Europea el 30 de noviembre de 2006. Como es preceptivo, la Comisión Europea evaluó nuestro Plan, pronunciándose sobre el mismo mediante decisión de 26 de febrero de 2007. En dicha decisión la Comisión aprobaba el Plan, pero bajo la condición de que se introdujeran una serie de modificaciones. Las modificaciones exigidas por la Comisión europea se llevaron a cabo a través del real decreto 1030/2007, de 20 de julio.

Una vez adaptado el Plan a los requisitos de la Comisión europea, y de conformidad con lo establecido en la Ley 1/2005, se calculó la asignación provisional individual a las instalaciones afectadas aplicando la metodología indicada en el Real Decreto 1370/2006. La propuesta fue sometida al trámite de información pública, durante el cual se recibieron más de cuatrocientas alegaciones. La estimación de algunas de ellas hace necesario introducir cambios en el tope sectorial inicialmente aprobado, circunstancia que ha determinado la modificación del Plan Nacional de Asignación en este punto concreto. Dicha reforma se ha llevado a cabo mediante el Real Decreto 1402/2007, de 29 de octubre. Con él se aumenta ligeramente la asignación de los sectores de generación eléctrica, cogeneración, combustión, siderurgia, cal, ladrillos y tejas, azulejos y baldosas, y papel, y se reduce el número de derechos de emisión de la reserva de nuevos entrantes, de forma que el volumen total de derechos de emisión se mantiene constante; sin que ello afecte a ningún otro elemento incluido en el Plan Nacional de Asignación.

Metodología de asignación de derechos de emisión

Para la asignación de derechos de emisión de gases de efecto invernadero a las instalaciones se ha utilizado la metodología establecida en el texto del Plan Nacional de Asignación (Real Decreto 1370/2006) en la Sección 5, «Asignación de derechos a cada instalación».

De conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1370/2006, la metodología de asignación individual varía en función del sector al que pertenezca la instalación. Los detalles se especifican en los siguientes apartados del Plan:

5.B Metodología de asignación: Sector eléctrico.

5.C Metodología de asignación: Instalaciones del epígrafe 1.b) de la Ley 1/2005.

5.D Metodología de asignación: Instalaciones del epígrafe 1.c) de la Ley 1/2005.

5.E Metodología de asignación: Refinerías de hidrocarburos.

5.F Metodología de asignación: Epígrafes 3 a 9 de la Ley.

No obstante lo dicho, de acuerdo con lo contemplado en el Plan, y desde el punto de vista de los principios que rigen las...

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