Orden EHA/267/2010, de 21 de enero, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, que declara el incumplimiento de condiciones de expedientes acogidos a la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de Incentivos Regionales.

MarginalBOE-A-2010-2290
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, en su reunión del día 12 de noviembre de 2009, adoptó un Acuerdo, por el que se declara el incumplimiento de siete expedientes acogidos a la Ley 50/1985, de incentivos económicos regionales, en las Zonas de Promoción Económica de Aragón, Región de Murcia, Canarias y Comunitat Valenciana, por no haber acreditado el cumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los mismos.

Considerando la naturaleza y características de dicho Acuerdo, este Ministerio tiene a bien disponer:

Dar publicidad en el Boletín Oficial del Estado al texto íntegro del Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de fecha 12 de noviembre de 2009, por el que se declara el incumplimiento de siete expedientes acogidos a la Ley 50/1985, de incentivos económicos regionales en las Zonas de Promoción Económica de Aragón, Región de Murcia, Canarias y Comunitat Valenciana, por no haber acreditado el cumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los mismos. Dicho texto se incluye como anexo a esta Orden.

Madrid, 21 de enero 2010.-La Vicepresidenta Segunda del Gobierno y Ministra de Economía y Hacienda, P. D. (Orden EHA/2359/2008, de 31 de julio), el Secretario de Estado de Hacienda y Presupuestos, Carlos Ocaña Pérez de Tudela.

ANEXO

Texto del acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos

El Ministerio de Economía y Hacienda, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, y en el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el Real Decreto 899/2007, de 6 de julio, para los casos de incumplimiento de las condiciones establecidas para el disfrute de los incentivos en las Zonas promocionables, delimitadas al amparo de la Ley 50/1985, de 27 de diciembre, eleva a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos la siguiente propuesta de

ACUERDO

Examinados los expedientes de concesión de incentivos regionales en las Zonas de Promoción Económica de Aragón, Región de Murcia, Canarias y Comunitat Valenciana, a las empresas que se relacionan en el anexo de este Acuerdo, a los efectos de verificar si han cumplido las condiciones establecidas para el disfrute de dichos incentivos, de conformidad con el artículo 34.1.b) del Real Decreto 1535/1987, modificado por Real Decreto 302/1993 y teniendo en consideración los siguientes

Antecedentes de hecho

  1. Los incentivos fueron otorgados por diversos Acuerdos de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos de fechas 24 de febrero de 2000 en el caso del expediente MU/844/P02, 28 de febrero de 2002 en el caso del expediente V/408/P12, 24

    de octubre de 2002 en el caso del expediente A/479/P12, 10 de julio de 2003 en el caso del expediente TF/319/P06, 10 de julio de 2003 en el caso del expediente V/804/P12, 11 de diciembre de 2003 en el caso del expediente HU/123/E50 y 23 de febrero de 2006 en el caso del expediente V/273/P12, notificados por medio de resoluciones individuales, que establecían las condiciones especificas y plazos para su cumplimiento, vinculantes para el disfrute de los expresados incentivos, resoluciones individuales que fueron aceptadas por las respectivas empresas. 2. En el caso de la entidad «Papeles y Cartones de Europa, S. A.», titular del expediente HU/123/E50, el 25 de junio de 2008 la Comunidad Autónoma de Aragón emitió informe sobre ejecución del proyecto, del que se deduce el incumplimiento en la inversión realizada y en la creación y mantenimiento del empleo comprometido y por ello se inició el oportuno expediente de incumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el R.D. 899/2007, de 6 de julio. Instruido el expediente de incumplimiento, se pone de manifiesto el incumplimiento del 41,28% de la condición de realizar inversiones por importe de 15.791.990,00 €, ya que la inversión subvencionable justificada asciende a 9.272.801,32 € y el incumplimiento total de la condición de crear y mantener 2 puestos de trabajo y mantener 134 puestos de trabajo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre. 3. En el caso de la entidad «Bioferma Murcia, S. A.», titular del expediente MU /844/ P02, con fecha 19 de octubre de 2004 la empresa percibió la totalidad de la subvención concedida por importe de 7.806.600,31 €. De actuaciones posteriores realizadas por la Subdirección General de Inspección y Control se deduce incumplimiento en el mantenimiento de la inversión realizada y en la creación y mantenimiento del empleo comprometido y por ello se inició el oportuno expediente de incumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el R.D. 899/2007, de 6 de julio. Instruido el expediente de incumplimiento, se pone de manifiesto el incumplimiento total de la condición de mantener inversiones por importe de 39.033.001,57 € durante cinco años después de finalizar el plazo de vigencia y el incumplimiento total de la condición de crear y mantener 90 puestos de trabajo durante dos años después de finalizar el plazo de vigencia, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre. 4. En el caso de la entidad «Costa Gomera, S.A.», titular del expediente TF/319/P06, el 26 de noviembre de 2007 la Comunidad Autónoma de Canarias emitió informe sobre ejecución del proyecto, del que se deduce el incumplimiento en la inversión realizada, en la creación y mantenimiento del empleo comprometido, en el nivel de autofinanciación exigido, y en el cumplimiento formal de las obligaciones fiscales y con la Seguridad Social y por ello se inició el oportuno expediente de incumplimiento, de acuerdo con lo dispuesto en el Reglamento de los incentivos regionales, de desarrollo de la Ley 50/1985, aprobado por el R.D. 899/2007, de 6 de julio. Instruido el expediente de incumplimiento, se pone de manifiesto el incumplimiento total de la condición de realizar...

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