Ley 36/1981, de 5 de octubre, de concesión de un suplemento de crédito por importe de 696.883.358 pesetas para incrementar la subvención a recibir por el Patrimonio Nacional, dada la insuficiencia de los recursos de que actualmente dispone para la cobertura de los gastos a que ha de atender durante el actual ejercicio.

MarginalBOE-A-1981-24158
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey

DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieran y, entendieren,

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

Artículo primero

Se concede un suplemento de crédito de seiscientos noventa y seis millones ochocientas ochenta y tres mil trescientas cincuenta y ocho pesetas, aplicado al Presupuesto en vigor de la Sección once "Presidencia del Gobierno"; servicio cero uno, "Presidencia, Secretaría de Estado y Servicios Generales"; capítulo cuatro, "Transferencias corrientes", articulo cuarenta y siete, "A instituciones sin fines de lucro"; concepto cuatrocientos setenta y tres, "Subvención al Patrimonio Nacional para atenciones representativas de los diferentes Departamentos Ministeriales satisfechos por el mismo.

Artículo segundo

La financiación del suplemento de crédito se realizará con anticipos a facilitar por el Banco de España al Tesoro Público.

Por tanto, Mando a todos los españoles, Particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio de la Zarzuelá. Madrid, a cinco de octubre de mil novecientos ochenta y uno.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

LEOPOLDO CALVO-SOTELO Y BUSTELO

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