RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2003, de la Dirección General de Desarrollo Industrial e Incentivos Regionales, por la que se procede al archivo de expedientes de concesión de incentivos.

MarginalBOE-A-2003-18736
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2003, de la Dirección General de Desarrollo Industrial e Incentivos Regionales, por la que se procede al archivo de expedientes de concesión de incentivos.

Por Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, de 22 de marzo de 2001 y Órdenes del Ministerio de Economía de 11 de abril de 2001 y 25 de octubre de 2001, se concedieron incentivos correspondientes a los expedientes GR/375/P08, TO/566/P03, TO/570/P03 y CU/180/P03, que se relacionan en el anexo de la presente resolución.

En las correspondientes resoluciones individuales, que en su día fueron debidamente aceptadas, se fijaba el plazo de un año para acreditar la disponibilidad de un nivel de autofinanciación (condición 2.4), tal como aparece definido en las respectivas resoluciones individuales, así como la realización de, al menos, el 25% de las inversiones aprobadas (condición 2.5).

Transcurrido el plazo señalado no se ha acreditado el cumplimiento de dichas condiciones, de acuerdo con la comunicación del órgano competente de la Comunidad Autónoma.

En la instrucción de los expedientes se han observado las formalidades legales, habiéndose concedido a las empresas afectadas los plazos preceptivos para el cumplimiento de los trámites de formulación de alegaciones y de audiencia previstos en el artículo 84 de la de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

De las actuaciones realizadas resulta probado que los titulares de los expedientes anexados no han acreditado haber cumplido en tiempo y forma las obligaciones que contrajeron en la aceptación de las correspondientes resoluciones individuales.

Vistos: La Ley 50/1985, de 27 de diciembre; los artículos 28 y 31 del Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que desarrolla dicha Ley, modificado parcialmente por los Reales Decretos 897/1991, de 14 de junio, 302/1993, de 26 de febrero, 2315/1993, de 29 de diciembre y 78/1997, de 24 de enero; el Real Decreto 1371/2000, del 19 de julio, modificado por el Real Decreto 1099/2002, de 25 de octubre; el apartado Segundo, punto 5, de la Orden Ministerial de 23 de mayo de 1994 y demás legislación aplicable al caso, así como...

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