Real Decreto 567/1983, de 23 de febrero, por el que se modifica el impuesto de Compensación de Gravámenes Interiores a la importación de determinadas mercancías.

Fecha de Entrada en Vigor22 de Marzo de 1983
MarginalBOE-A-1983-8189
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyReal Decreto

El artÃculo 22 del Texto Refundido de los impuestos integrantes de la renta de aduanas autoriza al Gobierno para modificar los tipos de impuesto de compensación de gravámenes interiores, de acuerdo con lo dispuesto en el artÃculo 12 de la Ley General Tributaria y en el artÃculo 228 de la Ley 41/1964, de reforma del sistema tributario. De conformidad con dichos textos se ha instruido expediente a fin de adaptar el tipo del impuesto de compensación de gravámenes interiores de determinadas mercancÃas a las cargas tributarias que efectivamente soportan en sus procesos de producción y comercialización.

En su consecuencia, a propuesta del Ministro de economÃa y Hacienda, con el dictamen favorable de La Junta Consultiva de ajustes fiscales en Frontera, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del dÃa 23 de febrero de 1983, dispongo:

Articulo 1 Se modifican los tipos del impuesto de compensación de gravámenes interiores, en la forma siguiente:

Partida estadÃstica * mercancÃa * tipo *

84.55.96.1 * obtenidas por sinterización: Soportes, carcasas y paneles de aluminio inyectado. * 12 % *

Art. 2. El presente Real Decreto entrará en vigor al dia siguiente de su publicación en el .

Dado en Madrid a 23 de febrero de 1983.- Juan Carlos R.el Ministro de economÃa y Hacienda, Miguel boyer Salvador.

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