SENTENCIA de 3 de diciembre de 2002, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se desestima la cuestión de ilegalidad planteada en relación con el artículo 15.1 del Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, modificado por Real Decreto 137/2000, de 4 de febrero.

MarginalBOE-A-2003-9893
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorTribunal Supremo
Rango de LeySentencia

SENTENCIA de 3 de diciembre de 2002, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se desestima la cuestión de ilegalidad planteada en relación con el artÃculo 15.1 del Reglamento de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de VehÃculos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, modificado por Real Decreto 137/2000, de 4 de febrero.

En la cuestión de ilegalidad n.° 451/2001 planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.° 1 de Cádiz, la Sala Tercera (Sección Sexta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 3 de diciembre de 2002, que contiene el siguiente fallo:

'Primero.-Que debemos desestimar y desestimamos totalmente la cuestión de ilegalidad planteada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1, de Cádiz, en relación con el apartado número 1 del artÃculo 15 del Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero, que aprueba el Reglamento del Procedimiento sancio-nador de tráfico, modificado por el Real Decreto 1 37/2000, de 4 de febrero, en la parte que dice "salvo que los órganos administrativos ejerzan su competencia en forma verbal, en cuyo caso el titular de la competencia deberá autorizar una relación de las que haya dictado de forma verbal...

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