SENTENCIA de 1 de julio de 2003, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se desestima la cuestión de ilegalidad planteada en relación con el artículo 20.2.7.a del Real Decreto 1082/1991, de 28 de junio, que establece las condiciones técnica y sanitarias que deben reunir los productos utilizados exclusivamente para el cuidado y mantenimiento de las lentes de contacto.

MarginalBOE-A-2003-20596
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorTribunal Supremo
Rango de LeySentencia

SENTENCIA de 1 de julio de 2003, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se desestima la cuestión de ilegalidad planteada en relación con el artÃculo 20.2.7.a del Real Decreto 1082/1991, de 28 de junio, que establece las condiciones técnica y sanitarias que deben reunir los productos utilizados exclusivamente para el cuidado y mantenimiento de las lentes de contacto.

En la cuestión de ilegalidad n.o 4/2002, planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia, en fecha 1 de julio de 2003, que contiene el siguiente fallo:

'Que desestimando la cuestión de ilegalidad planteada por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, debemos declarar la validez del artÃculo 20.2.7.a, del Real...

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