Resolución de 4 de febrero de 2010, de la Secretaría de Estado de Investigación, por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2010 del procedimiento de concesión de ayudas del Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos de Investigación, en el marco del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.

MarginalBOE-A-2010-1944
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Ciencia e Innovación
Rango de LeyResolución

En la Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero (publicada en el Boletín Oficial del Estado número 35, de 9 de febrero de 2008), se establecieron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en el marco de la Línea Instrumental de Actuación en Recursos Humanos del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I+D+i) 2008-2011, que fija los objetivos y principios de gestión básicos de esta Línea Instrumental.

Dentro la Línea instrumental de Recursos Humanos, el Programa Nacional de Formación de Recursos Humanos tiene el objetivo de garantizar el aumento de la oferta de recursos humanos altamente cualificados, en todos los niveles educativos, tanto para asegurar la disponibilidad de investigadores, tecnólogos, personal técnico de apoyo, y gestores para la I+D e innovación, necesarios para hacer frente a los ambiciosos objetivos de crecimiento del sistema, como para garantizar la más eficaz formación de recursos humanos para las actividades de investigación, desarrollo tecnológico e innovación, en cantidad y calidad, así como promover la formación permanente y continua en la sociedad del conocimiento.

Mediante la presente resolución se hace pública la convocatoria, para el año 2010, de ayudas para la formación de personal investigador a través de los programas del Ministerio de Ciencia e Innovación y del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, respectivamente. Esta convocatoria pretende incrementar la cantidad y la calidad de los nuevos doctores, por lo que las universidades, organismos públicos de investigación y centros de investigación, y particularmente sus grupos de formación e investigación con solvencia científica y académica, deben concentrar sus esfuerzos y atraer a los mejores candidatos para formarlos al más alto nivel. Además estos programas contemplan otras beneficios complementarios (ayudas para estancias fuera del centro receptor, ayudas para el pago de los precios públicos de las matrículas de los programas de doctorado y ayudas para asistencias a congresos, reuniones, etc.) que permiten reforzar la formación científica, adquirir nuevas técnicas, compartir conocimientos, así como rebajar los costes del proceso formativo con el objeto de incrementar el nivel educativo de los ciudadanos y mejorar la equidad social.

Esta convocatoria responde al compromiso de mantener y mejorar la situación de los recursos humanos dedicados a la I+D, por lo que las ayudas que han crecido considerablemente en los últimos años se mantienen e incluso aumentan en esta convocatoria, conscientes de que la base del sistema de ciencia debe recaer sobre un capital humano altamente cualificado.

Igualmente responde esta convocatoria a la Recomendación de 11 de marzo de 2005 de la Comisión relativa a la Carta Europea del Investigador y al Código de conducta para la contratación de investigadores (2005/251/CE). En dicho documento se hace referencia a la formación de los investigadores en el Espacio Europeo de Investigación, desde el inicio de la misma como estudiantes de posgrado.

Los subprogramas objeto de la presente convocatoria se enmarcan en el ámbito de aplicación del Real Decreto 63/2006, de 27 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador en formación.

Las ayudas que puedan concederse a los diferentes beneficiarios se podrán cofinanciar con recursos procedentes del Fondo Social Europeo.

En virtud del artículo vigésimo octavo de la Orden ECI/266/2008, de 6 de febrero, se faculta al Secretario de Estado de Universidades e Investigación para dictar las resoluciones necesarias para la aplicación de la Orden de bases.

De acuerdo con el artículo 2.1.a) y c) del Real Decreto 1042/2009, de 29 de junio (publicado en el Boletín Oficial del Estado número 157, de 30 de junio de 2009), por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Ciencia e Innovación, corresponde a la Secretaria de Estado de Investigación la planificación, seguimiento, coordinación y evaluación del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, así como la planificación, coordinación, impulso y gestión de las actividades de formación e incorporación de personal investigador.

En su virtud, se resuelve:

CAPÍTULO I Objeto y disposiciones generales de los subprogramas Artículos 1 a 16
Artículo 1 Objeto.

El objeto de la presente resolución es aprobar la convocatoria correspondiente al año 2010 del procedimiento de concesión de ayudas para la formación de recursos humanos, en régimen de concurrencia competitiva y aplicando los principios de publicidad y objetividad, a través de los siguientes subprogramas, que se rigen por lo dispuesto en este capítulo y por las disposiciones específicas contenidas para cada uno de ellos en los respectivos capítulos:

  1. Subprograma de Formación de Personal Investigador del Ministerio de Ciencia e Innovación (Subprograma FPI-MICINN): concesión de un máximo de 1.100 ayudas para la formación del personal investigador (FPI) en Centros de I+D de aquellos titulados universitarios que deseen realizar una tesis doctoral asociada a proyectos de I+D concretos financiados por el Plan Nacional de I+D+i. Adicionalmente, este subprograma financia los precios públicos por la matrícula en el máster y doctorado, y la realización de estancias breves en otros Centros de I+D (Capítulos del II al V).

  2. Subprograma de Formación de Personal Investigador en agroalimentación en los centros de investigación INIA-CCAA (Subprograma FPI-INIA): concesión de 50 ayudas a titulados universitarios que deseen realizar una tesis doctoral asociada a los temas específicos identificados por el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (en adelante INIA) y las Comunidades Autónomas, en los Centros de Investigación Agraria y Alimentaria incluidos en la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria INIA-CCAA, y que figuran en el servidor de información del INIA. Además el subprograma financia las tasas de los cursos de máster y doctorado, la realización de estancias en el extranjero, así como la asistencia a reuniones, congresos y cursos de perfeccionamiento (Capítulos II y VI).

Artículo 2 Beneficiarios.
  1. En las disposiciones específicas de los subprogramas se determinan, para cada tipo de ayuda, los sujetos que pueden tener la condición de beneficiarios, de entre los definidos en el artículo cuarto de la Orden de Bases.

  2. No podrán obtener la condición de beneficiario las personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  3. Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones recogidas en el artículo 14 de la citada Ley.

Artículo 3 Órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento.
  1. Los órganos competentes para la instrucción del procedimiento serán:

    1. En el subprograma FPI-MICINN: el Subdirector General de Formación e Incorporación de Investigadores.

    2. En el subprograma FPI-INIA: el Subdirector General de Prospectiva y Coordinación de Programas del INIA.

  2. Los órganos competentes para dictar la resolución de concesión serán:

    1. En el subprograma FPI-MICINN: por delegación del Secretario de Estado de Investigación, el Director General de Investigación y Gestión del Plan Nacional de I+D+i.

    2. En el subprograma FPI-INIA: el Director General del INIA.

Artículo 4 Financiación de las ayudas.
  1. La cuantía total máxima de ayuda que se concederá con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para todas las anualidades, en los subprogramas que se convocan en esta resolución, asciende a 87.714.273,00 euros.

  2. La financiación de las ayudas a las que se refiere esta resolución se imputará a las siguientes aplicaciones presupuestarias o equivalentes del presupuesto de gastos de las siguientes entidades para el año 2010 y ejercicios posteriores, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias:

    1. Subprograma FPI-MICINN: aplicaciones presupuestarias 21.04.463B.784, 21.04.000X.713, 21.04.000X.730, 21.04.463B.740, 21.04.463B.754, 21.04.463B.760 y 21.04.463B.780 del presupuesto de gastos del Ministerio de Ciencia e Innovación (en adelante MICINN).

    2. Subprograma FPI-INIA: aplicaciones presupuestarias 21.204.467D.780, 21.204.467D.131 y 21.204.467D.160 del presupuesto de gastos del INIA.

  3. La distribución estimativa por anualidades de la financiación de los diferentes subprogramas es la siguiente:

    Año
    2010 2011 2012 2013 2014 2015 Total
    Subprograma FPI-MICINN 7.762.722,00 23.025.044,00 7.762.722,00 21.960.664,00 21.960.664,00 0,00 82.471.816,00
    Subprograma FPI-INIA 450.000,00 935.000,00 1.247.894,00 1.634.510,00 975.053,00 0,00 5.242.457,00
    Total 8.212.722,00 23.960.044,00 9.010.616,00 23.595.174,00 22.935.717,00 0,00 87.714.273,00
  4. La cuantía total máxima de las ayudas correspondientes a estos subprogramas podrá ser incrementada con una cuantía adicional de 30.000.000 euros cuando, como consecuencia de la concurrencia de alguna de las circunstancias previstas...

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