RESOLUCIÓN DE 9 DE JUNIO DE 1997, de la Universidad de Huelva, por la que se corrigen errores en la Publicacion del Plan de Estudios de Licenciado en administracion y Direccion de Empresas que se imparte en la Facultad de Ciencias empresariales.
Marginal | BOE-A-1997-14744 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Universidades |
Rango de Ley | Resolución |
Advertido error en la publicación del plan de estudios de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas («Boletín Oficial del Estado» número 207, de 27 de agosto de 1996), donde se omitió la inserción de la página número 3 del anexo 3, y en cumplimiento de lo señalado en el artículo 10.2 del Real Decreto 1497/1987, de 27 de noviembre, sobre directrices generales comunes de los planes de estudios de los títulos de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional («Boletín Oficial del Estado» número 298, de 14 de diciembre),
Este Rectorado ha resuelto publicar la página número 3 del anexo 3 del plan de estudios conducente a la obtención del título oficial de Licenciado en Administración y Dirección de Empresas, aprobado por esta Universidad y homologado por acuerdo de la Comisión Académica del Consejo de Universidades de fecha 3 de julio de 1996, quedando estructurada conforme figura en el siguiente anexo.
Huelva, 9 de junio de 1997.-El Rector, Antonio Ramírez de Verger Jaén.
ANEXO
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Organización del plan de estudios
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La Universidad deberá referirse necesariamente a los siguientes extremos:
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Régimen de acceso al segundo ciclo. Aplicable sólo al caso de enseñanzas de segundo ciclo o al segundo ciclo de enseñanzas de primer y segundo ciclos, teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 5 y 8.2 del Real Decreto 1497/1987.
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Determinación, en su caso, de la ordenación temporal en el aprendizaje, fijando secuencias entre materias o asignaturas o entre conjuntos de ellas (artículo 9.1 del Real Decreto 1497/1987).
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Período de escolaridad mínimo, en su caso (artículo 9.2.4 del Real Decreto 1497/1987.
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En su caso, mecanismos de convalidación y/o adaptación al nuevo plan de estudios para los alumnos que vinieran cursando el plan antiguo (artículo 11 del Real Decreto 1497/1987).
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Cuadro de asignación de la docencia de las materias troncales a áreas de conocimiento. Se cumplimentará en el supuesto a) de la nota (5) del anexo 2 A.
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La Universidad podrá añadir las aclaraciones que estime oportunas para acreditar el ajuste del plan de estudios a las previsiones del Real Decreto de directrices generales propias del título de que se trate (en especial, en lo que se refiere a la incorporación al mismo de las materias...
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