Orden EHA/2690/2006, de 19 de julio, de revocación a la entidad Houston Casualty Company Europe, Seguros y Reaseguros, S.A. de la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de incendio y elementos naturales.

MarginalBOE-A-2006-14998
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

Por Resolución de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones de 3 de mayo de 2006 se acordó iniciar a la entidad Houston Casualty Company Europe, Seguros y Reaseguros, S.A expediente de revocación de la autorización administrativa concedida para realizar la actividad aseguradora en el ramo de incendio y elementos naturales, ramo número 8 de la clasificación de los riesgos por ramos establecida en el artículo 6.1a) del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados, por falta de efectiva actividad en dicho ramo, de conformidad con lo previsto en el artículo 26.1b) del citado texto refundido.

En dicha Resolución se concedió a la entidad el plazo de quince días para formular alegaciones, plazo que ha trascurrido sin que la entidad se haya pronunciado.

El artículo 26 1b) del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados aprobado por Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, dispone que el Ministro de Economía y Hacienda revocará la autorización administrativa concedida a las entidades aseguradoras cuando éstas no hayan iniciado su actividad en el plazo de un año o cese de ejercerla durante un periodo superior a seis meses. A esta actividad, por falta de iniciación o cese de ejercicio, se equiparará la falta de efectiva actividad en uno o varios ramos, en los términos que se determinan reglamentariamente.

Los supuestos de falta de efectiva actividad se regulan en el artículo 81.1.4.º del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

Teniendo en cuenta lo anterior, vistos los antecedentes que constan en este Centro y al amparo de lo previsto en el artículo 26. 1b) del texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados y del artículo 81.1.4.º del Reglamento de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados aprobado por Real Decreto 2486/1998, de 20 de noviembre, he resuelto:

Primero.-Revocar a la entidad Houston Casualty Company Europe, Seguros y Reaseguros, S.A. la autorización administrativa para el ejercicio de la actividad aseguradora en el ramo de incendio y elementos naturales, ramo número 8 de la clasificación de los riesgos por ramos establecida en el artículo 6.1a) del Real Decreto Legislativo 6/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

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