Orden EDU/2158/2011, de 13 de junio, por la que se homologan determinados títulos a los correspondientes del Catálogo de títulos universitarios oficiales.

MarginalBOE-A-2011-13178
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, ha venido a establecer la nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, si bien, tal como establece la disposición adicional cuarta de dicha norma, los títulos universitarios oficiales obtenidos conforme a planes de estudios anteriores mantienen todos sus efectos académicos y profesionales. Estos títulos se recogen en el Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales que se rige por los criterios establecidos en el Real Decreto 1954/1994, de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los de dicho Catálogo.

Así, en el anexo a este último real decreto se determinó el cuadro de homologaciones de los títulos universitarios que se obtenían conforme a planes de estudios universitarios establecidos con anterioridad a la fecha de implantación de los nuevos planes, derivados de lo preceptuado en el artículo 28.1 de la entonces Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, a los que en cada caso se indicó de los incluidos en el Catálogo de Títulos Universitarios Oficiales.

Asimismo, la referida norma, en previsión de que un futuro la situación así lo aconsejara, determinó, en su disposición final primera, autorizar, al hoy Ministro de Educación, para incluir en el anexo, previa propuesta del Consejo de Universidades, otros títulos que debieran homologarse con los oficiales el Catálogo. De esta manera, en distintas ocasiones, el mencionado Catalogo se ha venido ampliando con el establecimiento de nuevos títulos universitarios oficiales y con la inclusión de otros títulos antiguos que, en su momento, no fueron contemplados en el cuadro de homologaciones.

Actualmente, aún cuando la nueva ordenación universitaria ha dejado a los títulos integrantes del Catalogo de Títulos Universitarios Oficiales definitivamente «a extinguir», a fin de salvaguardar situaciones jurídicas individualizadas que, de otro modo, no podrían encontrar satisfacción en la nueva ordenación de enseñanzas universitarias, se considera conveniente incorporar al mencionado cuadro de homologaciones dos títulos antiguos cuyas enseñanzas fueron efectivamente impartidas por distintas...

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