REAL DECRETO 2196/1995, de 28 de Diciembre, por el que se homologa el Titulo de Licenciado en investigacion y Tecnicas de Mercado, de la Facultad de Ciencias economicas y Empresariales, adscrita a la Universidad de Cordoba.
Marginal | BOE-A-1996-1078 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Educacion, Cultura y Deporte |
Rango de Ley | Real Decreto |
Aprobado el plan de estudios que conduce a la obtenciÛn del tÌtulo universitario de Licenciado en InvestigaciÛn y TÈcnicas de Mercado, de la Facultad de Ciencias EconÛmicas y Empresariales, adscrita a la Universidad de CÛrdoba, y cuyas enseÒanzas han sido autorizadas por Decreto 205/1995, de 29 de agosto, de la Junta de AndalucÌa, y dado que el mismo se ajusta a las condiciones generales establecidas por la normativa vigente, procede la homologaciÛn del referido tÌtulo, de acuerdo con lo establecido en el artÌculo 58.4 y 5 de la Ley Org·nica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria; Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, sobre obtenciÛn, expediciÛn y homologaciÛn de tÌtulos universitarios; Real Decreto 1427/1990, de 26 de octubre, por el que se establece el tÌtulo universitario oficial de Licenciado en InvestigaciÛn y TÈcnicas de Mercado, y las directrices generales propias de los planes de estudio conducentes a la obtenciÛn de aquÈl y dem·s normas dictadas en su desarrollo. En su virtud, a propuesta del Ministro de EducaciÛn y Ciencia, previo informe del Consejo de Universidades y previa deliberaciÛn del Consejo de Ministros en su reuniÛn del dÌa 28 de diciembre de 1995,
DISPONGO:
-
Se homologa el tÌtulo de Licenciado en InvestigaciÛn y TÈcnicas de Mercado, de la Facultad de Ciencias EconÛmicas y Empresariales, adscrita a la Universidad de CÛrdoba, conforme al plan de estudios que se contiene en el anexo.
-
Al tÌtulo a que se refiere el apartado anterior le ser· de aplicaciÛn lo establecido en los artÌculos 1 al 5 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre.
-
Las futuras modificaciones del indicado plan de estudios ser·n homologadas por el Consejo de Universidades conforme a las condiciones generales legalmente establecidas.
El tÌtulo a que se refiere el artÌculo anterior se expedir· por el Rector de la Universidad de CÛrdoba, de acuerdo con lo establecido en el artÌculo 3 del Real Decreto 1496/1987, de 6 de noviembre, y normas dictadas en su desarrollo, con expresa menciÛn del presente Real Decreto que homologa el tÌtulo.
Por el Ministro de EducaciÛn y Ciencia, en el ·mbito de sus competencias, se dictar·n las disposiciones necesarias para la aplicaciÛn y desarrollo del presente Real Decreto.
El presente Real Decreto entrar· en vigor el dÌa siguiente al de su publicaciÛn en el ´BoletÌn Oficial del Estadoª.
Dado en Madrid a 28 de diciembre de 1995.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de EducaciÛn y Ciencia,
JERONIMO SAAVEDRA ACEVEDO