Orden TAS/4350/2004, de 13 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, de becas de Investigación, Desarrollo e Innovación, en materia de prevención de riesgos laborales.

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Enero de 2005
MarginalBOE-A-2005-244
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

ORDEN TAS/4350/2004, de 13 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión, por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, de becas de Investigación, Desarrollo e Innovación, en materia de prevención de riesgos laborales.

El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, según se define en el artículo 8 de la Ley 31/1995 de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, es el órgano científico técnico especializado de la Administración General del Estado que tiene encomendadas, entre otras, la promoción y realización de actividades de investigación y estudio en materia de prevención de riesgos laborales.

El cambiante mundo del trabajo exige un estudio permanente de las condiciones de seguridad y salud laborales que permita mantener un conocimiento actualizado de la situación, conocer las tendencias y desarrollar elementos de ayuda para la mejora de las mismas. La investigación es, además, el soporte fundamental de otrasactividades, también competencia del INSHT, como son el asesoramiento en materia normativa, la formación especializada, la divulgación, etc.

Para cumplir adecuadamente esta función de investigación, y estimular al mismo tiempo la incorporación de nuevos investigadores al estudio de las diversas facetas de la prevención de riesgos laborales, se ha considerado un buen instrumento la concesión de becas de investigación en este campo.

En su virtud vistos los preceptivos informes emitidos por la Abogacía del Estado y la Secretaría General Técnica en este Departamento Ministerial y por la Intervención Delegada del Ministerio de Economía y Hacienda en el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, de conformidad con los artículos 9.2 y 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

Se aprueban por la presente Orden las bases que han de regular la concesión, mediante concurso público y en régimen de concurrencia competitiva, de becas de Investigación, Desarrollo e Innovación como fomento de las actividades de investigación y siendo su objeto el desarrollo y la ejecución de proyectos en materias y técnicas de Prevención de Riesgos Laborales, por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo para Titulados Superiores Universitarios.

Artículo 2 Requisitos de los solicitantes.

Podrán ser beneficiarios de las becas a que se refiere la presente Orden, las personas físicas que reúnan las condiciones previstas en estas bases reguladoras, así como por las correspondientes convocatorias, además de no estar incursas en ninguno de los supuestos de prohibición que establece el número 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En especial deberán reunir las siguientes condiciones:

  1. Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, residente en España en el momento de incorporarse a la beca, poseyendo plena capacidad deobrar.

  2. Tener aprobadas todas las asignaturas requeridas para la obtención del título de Licenciado, de Ingeniero o de Arquitecto por Facultad o Escuela Técnica Superior, acordes con los estudios que para cada beca se establezcan. La fecha de finalización de dichos estudios será fijada en cada concreta convocatoria.

  3. Los títulos conseguidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos, o se deberá justificar documentalmente que está en trámite esa convalidación o reconocimiento en el momento de solicitar la beca, requisitos que quedarán acreditados con la presentación de la siguiente documentación, en original o copia de la misma que tenga carácter de auténtica según la legislación vigente.

Artículo 3 Convocatorias.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el procedimiento para la concesión de las becas contempladas en esta Orden se iniciará de oficio mediante la convocatoria aprobada por Resolución del Director del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, que deberá publicarse en el 'Boletín Oficial del Estado' y se ajustará a lo dispuesto en la...

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