ORDEN ECO/1225/2002, de 6 de mayo, sobre la renuncia de los permisos de investigación de hidrocarburos denominados 'Hércules Norte' y 'Hércules Sur', situados en el océano Atlántico frente a las costas de las provincias de Huelva y Cádiz.

MarginalBOE-A-2002-10465
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia
Rango de LeyOrden

Los permisos de investigación de hidrocarburos denominados,,Hércules Norte' y 'Hércules Sur', situados en el océano Atlántico frente a las costas de las provincias de Huelva y Cádiz, expedientes 1520 y 1521, fueron otorgados por Real Decreto 1826/1995, de 3 de noviembre ('BoletÃn Oficial del Estado' de 2 de febrero de 1996), a la sociedad `Repsol Investigaciones PetrolÃferas, Sociedad Anónima' (RIPSA), que es en la actualidad el único titular y operador de los mismos.

La compañÃa titular solicita, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos y el vigente Reglamento sobre Investigación y Explotación de Hidrocarburos aprobado por Real Decreto 2362/1976, de 30 de julio, la renuncia de los permisos de investigación de hidrocarburos denominados 'Hércules Norte' y 'Hércules Sur', procediendo, según la normativa vigente, la autorización de la renuncia de los permisos citados.

Tramitado el expediente de renuncia por la Dirección General de PolÃtica Energética y Minas, dispongo:

Primero.

Se declaran extinguidos, por renuncia de su titular, los permisos de investigación de hidrocarburos denominados 'Hércules Norte' y 'Hércules Sur' al final del quinto año de su perÃodo de vigencia, siendo las superficies renunciadas las delimitadas en el Real Decreto de otorgamiento de los mismos y en la Resolución de la Dirección General de la EnergÃa, de fecha 14 de diciembre de 1998, de autorización de la reducción de su superficie al final del segundo año de vigencia.

Segundo.

Se autoriza la transferencia de los compromisos de inversión de exploración e investigación pendientes de realización en los citados permisos por un importe de 227.560,29 euros a los permisos de investigación de hidrocarburos `Calypso Este' y `Calypso Oeste', con el fin de continuar los trabajos de investigación en dichas áreas. El programa de investigación suplementario que se realice en los mencionados permisos de investigación tendrá la condición de intransferible, y se realizará en un plazo no superiora un año desde la fecha de publicación de esta Orden en el 'BoletÃn Oficial del Estado'.

Tercero.

De acuerdo con dispuesto en la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, y el artÃculo 77 del Reglamento aprobado por Real Decreto...

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