Orden EHA/3910/2005, de 17 de noviembre, por la que se acuerda hacer pública la relación de aspirantes aprobados en la fase de oposición en las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Diplomados en Estadística del Estado, convocadas por Orden EHA/1599/2005, de 20 de mayo.

MarginalBOE-A-2005-20683
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden
BOE núm. 300 Viernes 16 diciembre 2005 41119
año 2005, el Acuerdo de la CIVEA de 17 de junio de 1999, relativo a
la consolidación de empleo temporal, y de conformidad con los artícu-
los 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funciona-
miento de la Administración General del Estado y 29 del Reglamento
General de Ingreso del Personal al servicio de Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesio-
nal de los funcionarios Civiles de la Administración General del Estado,
Este Ministerio, previo informe favorable de la Dirección General
de la Función Pública, en uso de las competencias que le están atri-
buidas, ha resuelto:
Primero.–Convocar proceso selectivo para cubrir, en el marco
del proceso de consolidación, las plazas que figuran relacionadas en
el anexo a la presente Orden.
Segundo.–Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo
podrán efectuar la solicitud en el plazo de veinte días naturales, con-
tados a partir del siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial
del Estado de la presente Orden, en impreso ajustado al modelo ofi-
cial de solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administra-
ción Publica y liquidación de derechos de examen (modelo 790) y que
les será facilitado en el Ministerio de Defensa, el Centro de Informa-
ción Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, la
Dirección General de la Función Pública, las Delegaciones y Subdele-
gaciones del Gobierno y en las representaciones consulares o diplo-
máticas.
Tercero.–Las bases de la convocatoria se harán públicas, al
menos, en los tablones de anuncios del Ministerio de Defensa, en las
Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno; en la Dirección Gene-
ral de la Función Pública y en el Centro de Información Administra-
tiva del Ministerio de Administraciones Públicas.
Madrid, 12 de diciembre de 2005.–El Ministro, P. D. de firma
(O.M.C. 22/2003, de 4 de marzo), el Director General de Personal,
Vicente Salvador Centelles.
ANEXO
Plazas convocadas en el Ministerio de Defensa y sus Orga-
nismos Autónomos en la categoría de Titulado Superior de
Actividades Técnicas, de Mantenimiento y Oficios
N.º de orden Ámbito territorial
(Provincia/localidad) N.º de programa N.º de plazas
1 Madrid/Getafe 1 2
2 Madrid/Getafe 2 1
3 Madrid/Madrid 3 1
Total . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4
Programa 1: Ingeniero de Telecomunicación.
Programa 2: Ingeniero Aeronáutico.
Programa 3: Arquitecto.
MINISTERIO
DE ECONOMÍA Y HACIENDA
20683 ORDEN EHA/3910/2005, de 17 de noviembre, por la
que se acuerda hacer pública la relación de aspiran-
tes aprobados en la fase de oposición en las pruebas
selectivas para ingreso en el Cuerpo de Diplomados
en Estadística del Estado, convocadas por Orden
EHA/1599/2005, de 20 de mayo.
Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las
pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Diplomados en Esta-
dística del Estado, convocadas por Orden EHA/1599/2005, de 20
de mayo, (Boletín Oficial del Estado del 2 de junio), y de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10
marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al servicio de la Administración General del Estado y de
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Fun-
cionarios Civiles de la Administración General del Estado, y en la
base decimotercera de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero,
Este Ministerio acuerda hacer pública la relación de aspirantes
aprobados en la fase de oposición por el sistema general de acceso
libre, por orden de puntuación obtenida que figura en el anexo I de
la presente Orden.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 23 del citado Regla-
mento, los aspirantes aprobados disponen de un plazo de veinte días
naturales desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en
el Boletín Oficial del Estado, para presentar en la Secretaría General
del Instituto Nacional de Estadística, calle Capitán Haya, 51, de
Madrid, o en el Registro General del Ministerio de Economía y
Hacienda o bien en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-
traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los
siguientes documentos:
1. Fotocopia del documento de identidad o pasaporte.
2. Fotocopia compulsada del título de Diplomado Universita-
rio, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Formación Profesional de
tercer grado o equivalente, o certificación académica que acredite
haber realizado todos los estudios para la obtención del mismo.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá
presentarse fotocopia compulsada de la documentación que acredite
su homologación.
3. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado
mediante expediente disciplinario de ninguna Administración Pública,
ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según
el modelo que figura como anexo II.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
presentar, además de la declaración relativa al Estado español a que
se refiere el párrafo anterior, declaración jurada o promesa de no
estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida
en su Estado el acceso a la función pública, según el modelo que
figura como anexo III.
4. Los aspirantes extranjeros que no residan en España, debe-
rán presentar fotocopia compulsada del resguardo de haber solici-
tado la tarjeta de residencia comunitaria, en el caso de que no la
hubiesen tenido que aportar en el momento de presentar la solicitud
de participación.
5. Certificado médico oficial que acredite no padecer enferme-
dad ni estar afectado por limitación física o psíquica incompatible
con el desempeño de las correspondientes funciones.
Quienes tuvieran la condición de funcionarios de carrera estarán
exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requi-
sitos ya probados documentalmente para obtener su anterior nom-
bramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de
Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieran para
acreditar tal condición, y demás circunstancias que consten en su
expediente personal.
Asimismo deberán formular opción para la percepción de la remu-
neración que deseen percibir durante su condición de funcionarios en
prácticas. Dicha opción deberá ser formulada igualmente por quienes
invoquen su condición de personal laboral o funcionario interino, de
conformidad con lo previsto en el Real Decreto 456/1986, de 10 de
Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor
debidamente acreditados, no presentaran la documentación, o del
examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requi-
sitos exigidos en la convocatoria, no podrán ser nombrados funciona-
rios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la respon-
sabilidad en que hubiesen incurrido por falsedad en la solicitud
inicial.
Por orden de la autoridad convocante, se procederá al nombra-
miento de funcionarios en prácticas, en la que se determinará la
fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento.
Estos funcionarios deberán superar el curso selectivo o periodo
de prácticas determinado en la convocatoria.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo o periodo de
prácticas perderán el derecho a ser nombrados funcionarios de
carrera mediante resolución motivada por la autoridad convocante.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo o periodo de prácticas
por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la
Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose
en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
La petición de destinos por parte de los aspirantes aprobados
deberá realizarse previa oferta de los mismos y una vez finalizado el
periodo de prácticas.

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