Orden de 19 de noviembre de 1982 sobre acceso de Habilitados en Educación Física a los estudios que se imparten en los Institutos Nacionales de Educación Física.

MarginalBOE-A-1982-31093
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden

La disposición transitoria quinta del Real Decreto 790/1981, de 24 de abril, sobre Institutos Nacionales de Educación Física y las enseñanzas que imparten, determinaba que este Ministerio establecería el procedimiento para que los actuales habilitados para el ejercicio profesional de la Educación Física pudiesen cursar los estudios previstos en dicho Real Decreto, con carácter único y extraordinario y según sus respectivas circunstancias académicas y profesionales.

Por tanto, a fin de cumplimentar lo que la citada disposición establece, a propuesta del Consejo Superior de Deportes y previos informes del Colegio Oficial de Profesores de Educación Física y de la Junta Nacional de Universidades,

Este Ministerio dispone:

Artículo 1

Con carácter extraordinario los habilitados para la docencia de la Educación Física no titulados como Profesores, Instructores y Maestros instructores que a la fecha de entrada en vigor del Real Decreto 790/1981, de 24 de abril, se encontrasen en el ejercicio docente de dicha disciplina podrán acceder a los estudios de Educación Física regulados en el indicado Real Decreto y comenzar a...

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