Real Decreto 2583/1983, de 28 de Septiembre, por el que se modifica el Impuesto de Compensacion de Gravamenes interiores aplicable a las Importaciones de Maiz y Sorgo.

Fecha de Entrada en Vigor 5 de Octubre de 2009
MarginalBOE-A-1983-26348
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia
Rango de LeyReal Decreto

Como consecuencia de las vicisitudes por las que atraviesa el mercado de cereales pienso, tanto a nivel nacional como internacional, y su especial incidencia en los costes de producciÛn ganadera, es aconsejable adoptar una serie de medidas que puedan atenuar en lo posible dichos efectos. Por ello, a peticiÛn del Ministerio de Agricultura, pesca y alimentaciÛn, a propuesta del Ministerio de economÌa y Hacienda y de acuerdo con las previsiones del artÌculo 17 del Texto Refundido de los impuestos integrantes de la renta de aduanas previa deliberaciÛn del Consejo de Ministros en su reuniÛn del dÌa 28 de septiembre de 1983, dispongo:

ArtÌculo 1 Se bonifica a partir de la entrada en vigor del presente Real Decreto y hasta el 31 de diciembre de 1983, el impuesto de compensaciÛn de grav·menes interiores aplicable a las importaciones de maÌz de la partida del arancel de aduanas 10.05.b.II (clave estadÌstica 10.05.92.9) y del Sorgo 10.07.c.00 (clave estadÌstica 10.07.95.9) de forma que el tipo resultante sea del 1 por 100.

Art. 2. El presente Real Decreto entrar· en vigor al dÌa siguiente de su publicaciÛn en el .

Disposicion derogatoria

Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a 28 de septiembre de 1983.- Juan Carlos R.- El Ministro de economÌa y Hacienda, Miguel boyer Salvador.

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