Ley 58/1968, de 27 de julio, sobre concesión del derecho de gracia en la Academia Militar, Escuela Naval Militar y Academia General del Aire a los nietos varones del Almirante don Angel Riva Suardíaz.

MarginalBOE-A-1968-44005
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorJefatura del estado
Rango de LeyLey
B.
O. del
K-Num.
181 29 julio 1968 11113
III.
Otras disposiciones
FRANCISCO
FRANCO
El
Presid.ente de
las
Cortes.
ANTONIO
ITURMENDI
BAAALES
Articulo
linico.-Se
concede
el
derecho
a
ingreso
con
plaza
de
gracia.
en
la
Aeademia
General
Militar. Escuela
Naval
Mi.
litar
YAcademia
General
del Aire.
previo
examen
de
suficiencia.
sin
oct1lpU
plaza
yen
concurrencia
con los que sefiala
ea
al"tícu-
lo tercero del Decreto
tres
mil
cincuenta
y
siete/mil
novecien-
tas
sesenta
ycuatro, de veinticuatro
de
septiembre. alos nietos
varones del Almirante
don
Angel Rlv'a SU'ardlaz.
Dada
en
el Palacio de El
Pardo
aveintisiete de julio de
mil
novecientos sesenta yocho.
LEY
58/1968, de 27 de
julio,
sobre concesión del
de.-
recho de
gracia
en
la
Academia
General
Militr:.r,
Escuela
Naval
Militar
y
Academia
General
del
Aire
alos nietos varones
del
Almirante
don
Angel
Riva
Suardtaz.
La
·totaJ
consagr8/CIOD.
al
Servicio
de
Je.
Pa.tria
del
Almirante
de
la
Ail'mad.a.
don
Angel
Riva'
Suardíaz
y
BU
hero1ca
P&'tjci~
pación
en
acciones nillHare.s. que le hicieron poseedor.
entre
otras
condecoraciones,
de
la
Cruz
Laureada
de
&un
Fernando
y
la
Oran
Cruz
del
Mérito
NavaJ.,
le
hacen
merecedor
del
re-
,conocimiento. del Estado y
de
que
se
le honre, como aotros
Llustres
milit8JI'es
enalteciendo su memoria
media.t1lte
la
ronce-
.loión,
asus nietos varones,
de
plaza
de
gracia
para.
ingresar
en
las Academias MiUtares.
En
su
virtud,
y
de
conformidad.
con
la
Ley
aprobada
por
(as
Cortes Españolas, vengo
en
sancionar:
FlRANCISCO
FRANCO
Articulo
segundo.-Una
vez
nombrados
Aspirantes
de
Marina
se
incorporarán
a
la
promoción que les corresponda y
seguirán
las Vicisitudes de
la
carrera
en igualdad de deberes yderechos
respecto asus compañeros
de
ingreso.
Dada
en
el PalaCio de El
Pardo
aveIntisiete de julio de
mil
novecientos sesenta yocho.
FRANCISCO
FRANCO
El
Pres1dente de las Cortes,
ANTONIO
lTURMENDI
B,ARALES
El
Presid.ente
de
las Cortes,
ANTONIO
lTURMENDI
BARALES
LEY
60/1968, de 27 de
julio,
autorizando
ar
MI-
nisterio
de
AgricUltura
para
la
enajenaet6n de
una
parcela
del
monte
«Sierra
Blanca
y
NO(J'Üeles»
(Málaga).
El
monte
propiedad del
Patrimonio
Forestal del Estado
de-
nominado «Sierra
Blanca
yNogüeles», sito en el
término
mu
..
nicipal de Marbella y
número
cuarenta
ydos del Catálogo
de
Utilidad Pública de Málaga, con total cabida,
según
deslinde re-
cientemente aprobado, de mil ciento catorce
coma
treinta
'1
ocho cero cinco hectáreas, se
encuentra
situado
en
una
comar-
ca
de
destacado
interés
turístico, yespecialmente
la
parte
sur
de dicho
monte
'que
por
su
proximidad a
la
carretera
de
Cádiz
a
Málaga
ya!
mar
Mediterráneo.
reúne
excelentes condiciones
para
su
utilizaCIón yexplotaci-6n urbanística.
Tal
situación
determina
la
extraordinaria
conveniencia de
enajenar
una parcela situada.
al
sur
del expresado monte, que
tiene
actualmente
un
valor urbanistico
muY
superior
al
deri-
vado de
su
explotación forestaL Con ello, el
Patrimonio
Fo-
restal del
Estado
dispondrá
de fondos
para
invertir en
la
ad·
quisición de
terrenos
forestales más adecuadoS
para
la
conse-
cución de sus fines.
La
conveniencia
de
esta
enajenación
ha
sido especialmente
reconocida por el Consejo del
Patrimonio
Forestal del Estado,
en acuerdo expreso
tomado
al efecto.
En
su
virtud, yde conformidad con
la
Ley
aprobada
por
las
Cortes
Espaiíolas,vengo
en
sancionar:
Articulo
primero,-se
autoriza
al Ministerio de A¡rlcllitura
para
enajenar
una
parcela
de
ciento dieciséis
coma
setenta
~
dos
cincuenta
hectáreas
de superficie
en
la
parte
sur
del
monte
propiedad del
Patrimonio
Forestal
del
Estado
denominado
-:::Sie-
rra
Blanca
yNogüeles», sito
en
el
término
m~c1pa1
de Mar-
bella, que figura con
el
número
cuarenta
ydos
de
los del
Ca,..
tálogo de Utilidad Pública
de
la
Provincia de Málaga, cuyo
monte,
que
se
halla
inscrito en el Registro
de
la
propiedad.
de
,Marbella, afavor del
Patrimonio
Forestal
del Estado,
8J
folio
ciento
cuarenta
ycuatro, del libro
setenta
y
cuatro
de Marbell8.,
fmca
número
dQB
mil setecientos
cincuenta
ydos, inscripción
dos, tiene
actualmente
una
cabida
total
de mil ciento
catorce
coma
treinta
yocho. cero cinco hectáreas, según deslinde apro-
bado
por
Orden
ministerial
de
treS de diciembre de mil novecien-
tos
sesenta
ycuatro,
La
descripción de
la
parcela
cuya enajena--
ci6n se autoriZa. consta en el anexo de
esta
disposición.'
Artículo
segundo.-La
enajenación
se
hará
en
subasta
pÚbl1
r
ca,
de
conformidad con lo dispuesto
en
el
texto
articulado
t3:e
la
Ley de
Contratos
del
Estado
aprobado
por Decreto nové-
cientos veintitrés/mil· novecientos
sesenta
ycinco,
de
ocho
de
abril, y
podrá
realizarse
subastando
de
una
vez
la
porción del
monte
cuya
enajenación
se
autoriza
ofraccionando
la
misma
en
varias
parcelas: con
subasta
independiente
para
cada
una
de
ellas.
Artículo
tercero.-El
1mporte del precio obtenido
en
la
ena~
jenación
quedará
afecto
al
Patrimonio
Forestal
del
Estado
y
será destinado a
la
adquisición, en
otras
zonas,
de
terrenos
apropiados
al
cumplimiento
de
sus fines.
Artículo
cuarto.-El
Ministerio
de
Agricultura
queda
facul·
tado
!lara
dictar
las disposiciones que requiera el desarrollo ,
cumplimiento de
la
presente
Ley.
Dada
en
el
Palacio de El
Pardo
aveintisiete de julio de
mil novecientos
sesenta
yocho.
DEL
ESTADO
JEFATURA
LEY
59/1968, de 27 de
julio,
por
la
que
se
concede
plaza de suficiencia
para
~ngreso
en
la
Escuela
Naval
Militar
alos descendientes que
por
derecho
haya
de corresponderles sucesivam.ente el
titulo
de
Almirante
MayrYr de
Indias.
Por
Ley de dieciSéis de octubre de mil novecientos
cuarenta
Y,dos se concedió
pla;¡:a
de suficiencia
para
ingreso
en
la
Escuela
Naval Militar al
actual
Capitán
de
Corbeta, excelentísimo
&efior
don Cristóbal Colón de
Carvajal
yMaroto, con ocasión
de celebrarse. en aquel afio el noveno
cincuentenario
del Descu-
brimiento de América,
para,
de ese modo. vinclliar a
la
Armada
Espafiola. al entonces descendiente
más
directo
de
tan
ilustre
apellido, que, por razones de herencia,
ostentaba
el
título
de
Almirante Mayor de Indias, con derecho al uso
de
uniforme
de
CaPitán
General
de
la
Armada.
Esta
vinculación a
la
Armada
EsPafiola del apellido
de
tan
insigne descubridor
en
la
persona
de
su
descendiente
más
directo;
el
legítimo orgullo.
de
una
gran
familia española ,al
honrar
a
su
patria
con
el
deseo de que
BUS
descendientes
per~
tenezca ala Armada, yel
profundo
y
trascendente
significado
que
la
perduración
de
esta
tradición histórica y
marinera
ha
de
tener
no sólo
en
EsPaña, sino
también
en
Hispanoamérica,
aconsejan
la
concesión
perpetua
de
semejante
priVilegio
para
ingresar
en
la
Escuela Naval M1l1tar alos descendientes
cUrec--
tos
de
aquél, aqUienes, por derecho de herencia,
haya
de co-
rresPonderles
el
titulo de Almirante Mayor de Indias.
En
su
virtud, y
de
conformidad, con
la
Ley
aprobada
por
las .
Cortes
Espafiolas, vengo
en
sancionar:
Articllio
primero.-A
los descendientes
de
don Crist6bal Co-
lón,
primer
Almirante Mayor de Indias, aqUienes. por
d~o
haya
de corresponderles sucesivamente
tal
titulo
de
Almirante,
se les concede. a
partir
de
la
fecha
en
la
que
cumplan
la
edad
establecida,
el
derecho
aingreSO
en
la
Escuela Naval Militar
previo
examen
de suficiencia ysiempre que
reúnan
las
con-
diciones fisicas exigidas
para
ello, ocuP8Ildo plaza.
fuera
dp
número,
de
Aspirante del Cuerpo
General
de
la
Armada.

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