Resolución de 21 de mayo de 1982, de la Delegación del Gobiern en la Compañía Telefónica Nacional de España, por la que se aprueban las tarifas correspondientes a equipos, circuitos y servicios de teleinformática y transmisión de datos.
Marginal | BOE-A-1982-16384 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Transportes, Turismo y Comunicaciones |
Rango de Ley | Resolución |
La Compañía Telefónica Nacional de España ha sometido a la consideración de la Delegación del Gobierno en esa Compañía la modificación de determinadas tarifas correspondientes a equipos, circuitos y servicios de teleinformática y transmisión de datos.
Esta Delegación del Gobierno, al amparo de las facultades que le confieren los artículos 3.º y 4.º del Real Decreto 3332/1978, de 7 de diciembre, por el que se regula el régimen tarifario y concesional de determinados servicios de telecomunicación, ha aprobado las tarifas de los citados equipos y servicios prestados por la Compañía Telefónica Nacional de España que figuran en el documento anexo.
Madrid, 21 de mayo de 1982.- El Delegado del Gobierno, Julio Camuñas y Fernández-Luna.
TARIFAS APROBADAS
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SERVICIOS TELEINFORMATICOS (TRANSMISION DE DATOS Y ALARMAS CODIFICADAS) A TRAVES DE LA RED TELEFONICA CONMUTADA (R. T. C.)
1.1. Cuotas de conexión y traslado.
Se aplicarán las cuotas que correspondan al abono telefónico que se haya contratado, más las siguientes cuotas adicionales por la utilización de la Red Telefónica Conmutada para Servicios Teleinformáticos:
(VER IMAGEN PÁGINA 17845)
1.2. Cuotas mensuales de abono.
Aparte de las cuotas establecidas para telefonía, por los Servicios Teleinformáticos a través de la Red Telefónica Conmutada, se aplicarán las siguientes cuotas adicionales por utilización de la misma:
.............................................................. Pesetas
Cuota por Servicios Teleinformáticos ......................... 800
En el caso de conexión de multisistemas, a los circuitos secundarios segregados de los multisistemas se les aplicarán las tarifas que correspondan, según que la configuración que se establezca sea punto a punto (2.1) o red de uso privado (2.3).
1.3. Servicio Medido.
El cómputo del tiempo y las tarifas por paso de contador serán las que correspondan a Telefonía.
-
CIRCUITOS ALQUILADOS PUNTO A PUNTO
2.1. Cuotas de constitución y traslado.
Circuitos a dos hilos:
(VER IMAGEN PÁGINA 17845)
Circuitos a cuatro hilos:
Las cuotas serán el doble de las establecidas para circuitos a dos hilos.
2.2. Cuotas de abono mensual.
2.2.1. Circuitos de impulsos para telegrafía 50 b/s.
(VER IMAGEN PÁGINAS 17845 A 17846)
2.2.2. Circuitos de impulsos para telegrafía 75 b/s.
(VER IMAGEN PÁGINA 17846)
2.2.3. Circuitos de impulsos para transmisión de datos hasta 200 b/s, dos hilos.
(VER IMAGEN PÁGINA 17846)
2.2.4. Circuitos telefónicos para transmisión de datos de más de 200 b/s y hasta 1.200 b/s, dos hilos.
(VER IMAGEN PÁGINA 17846)
2.2.5. Circuitos telefónicos para transmisión de datos de más de 200 b/s y hasta 1.200 b/s (cuatro hilos).
............................................................. Alquiler
............................................................. permanente
............................................................. Pesetas
Ambito
En un mismo distrito ....................................... 17.640
Entre distintos distritos:
Entre distritos periféricos colindantes o entre áreas
urbanas con sus distritos periféricos ...................... 47.831
Entre distritos colindantes y periféricos no colindantes .... 57.930
Entre distritos no colindantes, según distancia:
De 0 a 100 kilómetros .......... ........................... 81.289
Más de 100 a 400 kilómetros ................................ 107.403
Mas de 400 kilómetros ...................................... 147.398
Canarias:
Entre centros de distintas islas de la misma provincia ...... 81.289
Entre las demás islas del archipiélago ..................... 107.403
Con la Península, Baleares, Ceuta, Melilla o viceversa ...... 147.398
2.2.6. Circuitos telefónicos para transmisión de datos de más de 1.200 b/s y hasta 9.600 b/s (cuatro hilos).
............................................................ Alquiler
............................................................ permanente
............................................................ Pesetas
Ambito
En un mismo distrito ...................................... 22.840
Entre distintos distritos.
Entre distritos periféricos colindantes o entre áreas
urbanas con sus distritos periféricos ..................... 60.405
Entre distritos colindantes y periféricos no colindantes ... 82.456
Entre distritos no colindantes, según distancia:
De 0 a 100 kilómetros ..................................... 116.426
Más de 100 a 400 kilómetros ............................... 163.724
Más de 400 kilómetros ..................................... 217.575
Canarias:
Entre centros de distintas islas de la misma provincia ..... 116.426
Entre las demás islas del archipiélago ..................... 163.724
Con la Península, Baleares, Ceuta, Melilla o viceversa ..... 217.575
2.2.7. Circuitos telefotográficos y facsímil.
........................................................... Alquiler
........................................................... permanente
........................................................... Pesetas
Ambito
En un mismo distrito ...................................... 2.000
Entre distintos distritos:
Entre distritos periféricos colindantes o entre áreas
urbanas con sus distritos periféricos .................... 30.500
Entre distritos colindantes y periféricos no colindantes .. 30.500
Entre distritos no colindantes, según distancia:
De 0 a 100 kilómetros .................................... 44.500
Más de 100 a 400 kilómetros .............................. 67.500
Más de 400 kilómetros .................................... 98.000
Canarias:
Entre centros de distintas islas de la misma provincia .... 44.500
Entre las demás islas del archipiélago ................... 67.500
Con la Península, Baleares, Ceuta, Melilla o viceversa .... 98.000
A los circuitos telefotográficos constituidos en el mismo distrito que se conecten a la MPI se les aplicará una bonificación del 50 por 100.
2.2.8. Circuitos para señalización (Horaria, Telemando y Telemedida).
Se aplicarán las tarifas que correspondan al tipo de circuito necesario para el servicio de que se trate (impulsos, transmisión de datos, etc.)
Las tarifas correspondientes a circuitos especiales...
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