ORDEN de 20 de marzo de 2001 por la que se regula el régimen de equivalencias de los estudios básicos y medios cursados en los países signatarios del Convenio 'Andrés Bello', con los correspondientes españoles de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato establecidos por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo.

Fecha de Entrada en Vigor11 de Abril de 2001
MarginalBOE-A-2001-7022
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria («Boletín Oficial del Estado» de 17 de febrero), establece que en la resolución de los expedientes de homologación o convalidación se estará a lo dispuesto en los Convenios internacionales en los que España sea parte y a las tablas de equivalencias de títulos y planes de estudios aprobadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

España es parte del Convenio «Andrés Bello» de Integración Educativa, Científica y Cultural de los Países de la Región Andina, hecho en Madrid el 27 de noviembre de 1990, y publicado en España en el «Boletín Oficial del Estado» de 12 de octubre de 1995, que vino a sustituir al anterior Convenio hecho en Bogotá el 31 de enero de 1970, al que España estaba adherida desde el 9 de julio de 1982.

En cumplimiento del artículo 4 del Convenio, la XIX Reunión de Ministros de Educación de los países signatarios aprobó la Resolución número 006-98 por la que se actualizan las equivalencias de estudios realizados conforme a los respectivos sistemas educativos. Es preciso, por tanto, incorporar tales equivalencias al ordenamiento español.

En su virtud, previo informe del Consejo Escolar del Estado, y en uso de la autorización conferida por la disposición final del Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, dispongo:

Primero.

  1.  La homologación y convalidación de títulos y estudios básicos y medios cursados conforme a los sistemas educativos de Bolivia, Chile, Colombia, Cuba, Ecuador, Panamá, Perú y Venezuela, por los correspondientes españoles de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, se establece de acuerdo con la tabla de equivalencias aprobada por la Resolución número 006-98 de la XIX Reunión de los Ministros de Educación del Convenio «Andrés Bello», que se publica como anexo a la presente Orden.

  2.  Las homologaciones y convalidaciones se otorgarán por años, cursos o grados aprobados.

  3.  La homologación o convalidación del último año, curso o grado aprobado completo, implicará el reconocimiento de todos los anteriores.

  4.  De conformidad con lo dispuesto en el apartado primero de la Orden de 30 de abril de 1996 («Boletín Oficial del Estado» de 8 de mayo), los alumnos procedentes de los sistemas educativos de los países indicados en el punto 1 anterior que deseen incorporarse a cualquiera de los cursos que integran en España la Educación Primaria o alguno de los tres...

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