Resolución de 18 de octubre de 2010, del Centro Nacional de Información Geográfica, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea.

MarginalBOE-A-2010-18478
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Con fecha de 24 de septiembre de 2010 fue suscrito, previa tramitación reglamentaria, el Convenio de Colaboración entre el Centro Nacional de Información Geográfica y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, se publica en el Boletín Oficial del Estado dicho Convenio de colaboración, que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 18 de octubre de 2010.–El Presidente del Centro Nacional de Información Geográfica, Alberto Sereno Álvarez.

ANEXO

Convenio de Colaboración entre el Centro Nacional de Información Geográfica y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para el desarrollo del Plan Nacional de Ortofotografía Aérea

De una parte, el Sr. don Alberto Sereno Álvarez, Presidente del Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG), Organismo Autónomo adscrito al Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, en virtud de lo establecido en el artículo 3º del Estatuto del CNIG, aprobado por Real Decreto 663/2007, de 5 de mayo (BOE de 5 de junio), y Director General del Instituto Geográfico Nacional (IGN) en virtud de su nombramiento por Real Decreto 1010/2002, de 27 de septiembre (BOE de 28 de septiembre).

Y de otra, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, el Sr. don José Ballesta Germán, Consejero de Obras Públicas y Ordenación del Territorio, en virtud de su nombramiento por Decreto n.º 40/2008 de 25 de septiembre, suplemento número 5 del BORM. núm. 225, de 26 de septiembre de 2008, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 7/2004, de 28 de diciembre de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Regional, y expresamente autorizado para suscribir el presente Convenio por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 30 de julio de 2010

Ambas partes se reconocen mutuamente, en la calidad con que cada uno interviene, la capacidad legal necesaria para suscribir este Convenio, y a tal efecto,

EXPONEN

  1. Que, conforme a lo dispuesto en la ley 7/1986, de 24 de enero, de Ordenación de la Cartografía y en el Real Decreto 638/2010, de 14 de mayo, por el que se modifica y desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento, es competencia de la Administración General del Estado, a través de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, dependiente del Ministerio de Fomento:

    La planificación y gestión de las redes geodésicas nacionales y de la red de nivelación de alta precisión.

    La dirección y el desarrollo de planes nacionales de observación del territorio con aplicación geográfica y cartográfica.

    La producción, actualización y explotación de Bases Topográficas y Cartográficas de ámbito nacional para la formación Mapa Topográfico Nacional y demás cartografía básica y derivada.

  2. Que para llevar a cabo sus competencias, especialmente en lo que se refiere a la actualización de Bases Topográficas y Cartográficas de ámbito nacional para la formación Mapa Topográfico Nacional, el IGN utiliza ortofotografías aéreas de alta resolución y modelos digitales del terreno de todo el territorio nacional.

  3. La Ley 7/1986 de Ordenación de la Cartografía, de 24 de enero (BOE de 29 de enero) prevé, tanto para las series cartográficas de alcance nacional como para el resto de las cartografías realizadas por las distintas Administraciones públicas, que la ejecución de los correspondientes trabajos pueda llevarse a cabo mediante fórmulas de cooperación entre las mismas.

  4. Por otra parte, el Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG), organismo autónomo adscrito al Ministerio de Fomento, a través de la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, tiene por finalidad, entre otras, la de producir y desarrollar los trabajos de carácter geográfico que demande la sociedad, con especial dedicación a la realización de proyectos basados en tecnologías avanzadas, programas de investigación y desarrollo, y prestación de asistencia técnica en el ámbito de las ciencias y técnicas geográficas, todo ello en un marco estratégico común con la Dirección General del Instituto Geográfico Nacional, tal y como se establece en los artículos 122.2 de la Ley 37/1988 de Presupuestos Generales del Estado para 1989, de 28 de diciembre (BOE de 29 de diciembre), por la que se crea el CNIG, así como en los artículos 4 y 5 del Estatuto del CNIG, aprobado por Real Decreto 663/2007,de 25 de mayo (BOE de 5 de junio).

  5. Asimismo, el artículo 5.6.d. del Estatuto del CNIG contempla que entre las funciones a ejercer por este organismo autónomo se encuentra «la cooperación con las Administraciones Autonómicas y Locales para lograr la máxima eficacia en el cumplimiento de sus fines y la suscripción de Acuerdos y Convenios con las distintas Administraciones públicas y con el sector privado para la producción, distribución y comercialización de productos y...

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