Decreto 131/1988, de 5 de septiembre, del Consejo de la Generalidad Valenciana, por el que se aprueba la nueva denominación del municipio de Simat de Valldigna (Valencia).

MarginalBOE-A-1988-27597
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autonoma Valenciana
Rango de LeyDecreto
Martes
29
noviembre
1988
33832
BOE
núm.
286
27597
D(':CRETO 13111988.
de
5de septiembre. del Consejo de
la Generalidad Valenciana. por el que
se
aprueba la nueva
denominación del municipio de
Simat
de Validigna (Va-
lencia).
El
Consejo
de
la Generalidad Valenciana, en sesión celebrada
el
día
7de diciembre
de
1987, apropuesta del Consejero de Administración
Publica, aprobó
el
Decreto en el que se dispone lo siguiente:
Articulo único.-EI actual municipio de Simat de Valldigna, de
la
provincia
de
Valencia, se denominará Simat de
la
Valldigna. Las
referencias que al antiguo nombre se hubieren realizado
por
los órganos
del Estado uotros Organismos públicos se entenderán hechas, en lo
sucesivo, a
la
nueva denominación.
Valencia, 5de septiembre de 1988.-EI Presidente de la Generalidad.
Joan Lerma iBlasco.-El Consejero de Administración Pública, Joaquín
Azagra. Ros.
COMUNIDAD
AUTONOMA
VALENCIANA
Quinto.-Que la
feS91ución
del presente ao"
xdo
se publique en el
«Boletín Oficial del
Estado~
yen el «Boletín encial de Cantabria».
Sexto.-Continuar la tramitación del expedi..:,ute con la legislación
vigente.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Santander,
13
de
junio
de 1988.-EI Consejero. Rogelio Pérez-
Bustamante.
27596
RESOLUCION
de
13
de
junio
de
1988, de la Consejer!a
de
Cultura, Educación yDeporte, por la que se acuerda incoar
expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, con
la categoría de monumento, afavor de «Casa para Isidra
del Cerro», en Castro-Urdiales (Caruabria).
En
base ala propuesta formulada por
la
CTPA (Comisión Técnica
para
el
Patrimonio Arquitectónico),
Esta Consejería ha resuelto:
Primero.-De conformidad con lo dispuesto en la Ley 16/1985, de 25
de junio, del Patrimonio Histórico Español, y
el
Real Decreto 111/1986,
de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley, incoar expediente de
declaración de BIC (Bien de Interés Cultural), con la categoría de
monumento, afavor de «Casa para Isidra del Cerro», en Castro-Urdiales
(Cantabria).
Segundo.-Hacer saber al Ayuntamiento
Ife
Castro-Urdiales que,
segUn
lo dispuesto en los artículos 11.1,
16
y23
de
la citada Ley citada,
deberá suspender las licencias municipales
de
parcelación, edificación o
demolición en las zonas afectadas, así como los efectos de las ya
otorgadas en tanto no
se
resuelva ocaduque
el
expediente, yque no
podrán llevarse acabo ningún tipo
de
obras sin la aprobación previa del
proyecto correspondiente por esta Consejería.
Tercere.-De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11.2 de
la
Ley 16/1985, de 25 de junio, describir para su identificación
el
bien
objeto de
la
incoación, además
de
delimitar la zona afectada:
La
«Casa
para Isidra del Cerro» consta de cuatro pisos más planta
baja, que fonna manzana con el edificio anejo.
Arquiteetónicamente es un edificio muy interesante, yel ejemplo
paradigmático del urbanismo burgués de principios del siglo
XX.
Estilísticamente es un inmueble encuadrado en
el
eclecticismo histórico,
con influencias francesas, vienesas ymodernistas.
Los planos de la casa están firmados por Severiano Achúcarro en
noviembre de 1889, pero
la
dirección de la obra fue responsabilidad de
Leonardo Rucabado.
En
cuanto ala delimitación, la «Casa para Isidra del Cerro», ubicada
en el número Ide la plaza
de
Los Jardines,
de
Cas1ro-Urdiales, limita:
Al
norte, con la mencionada plaza
de
Los Jardines, que corresponde
con su entrada ofrente;
al
sur, con una travesía sin nombre que la separa
de un inmueble de varios propietarios;
al
este oderecha, con
el
paseo
de Ocharán Mazas, y
por
el oeste oizquierda, con
el
inmueble núme-
ro 3de la plaza de Los Jardines.
Cuarto.-Comunicar este acuerdo al Registro General de Bienes de
Interés. Cultural del
Ministe.~o
de Cultura para su anotación preventiva.
QUtnto.-Que la resoluclon del presente acuerdo se publique en
el
«Boletín Oficial del Estado» y«Boletín Oficial
de
Cantabria».
Sexto.-Continuar la tramitación del expediente de conformidad con
la legislación vigente.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Santander.
13
de
junio
de 1988.-EI Consejero, Rogelio Pérez.
Bustamante.
27595
Cuarto.-Comunicar este acuerdo al Registro General de Bienes de
Interes Cultural del Ministerio de Cultura. para su anotación preventiva.
Esta Consejería
ha
resuelto:
Primero.-De
conformidad
con
lo dispuesto
en
la
Ley
16/1985,
de
25
dejunio,.del
Patrimonio
Histórico Espa.ñoi, yel Real Decreto 111/1986,
de
10
de
coerO
Ide desarrollo parcial de la
Ley,
incoar expediente de
dedoración de
BIC
(bien de interés cultura!), con
la
categoría de
monumento, afavor del casa
de
«Los Chelines», en Castro Urdiales
(Cantabria).
Segundo.-Hacer saber al Ayuntamiento de Castro Urdiales
Que,
según lo dispuesto
en
los
artículos
11.1,
16
Y23
de
la Ley citada,
deberá
suspender
las licencias
municipales
de
parcelación, edificación o
demoli-
ción en las
zonas
afectadas. así
como
los efectos
de
las ya otorgadas,
en
tanto no se resuelva ocaduque el expediente, yque no podrá llevarse
acabo ningún tipo de obras sin la aprobación previa del proyecto
correspondiente por esta Consejería.
Tercero.-De conformidad con lo dispuesto en
el
articulo 11.2 de la
Ley
16/1985, de 25 de junio, describir para su identificación el bien
objeto de la incoación, además de delimitar la zona afectada.
La
casa de «Los Chelines» es un edificio de estilo neogótico, con
alguna influencia modernista. Consta de cuatro plantas más un soportal
sobrealzado.
El
proyecto fue realizado por Leonardo Rucabado en 1903.
La
fachada principal destaca
por
su perfecta composición, así como
por
el
mirador central del piso primero, con columnas finas entorchadas.
En
cuanto asu delimitación, la casa
de
«Los Chelines» está ubicada
en
el
número
23
de
la Correría, en Castro Urdiales, ylinda:
Al
norte, con la calle de Belén; al sur, con la plaza del Ayuntamiento;
al este oderecha, con la calle de Santa María, yal oeste oizquierda, con
el
número
21
de la Correrla.
Cuarto.-Comunicar este acuerdo al Registro General de Bienes de
Interés Cultural del Ministerio
de
Cultura, para su anotación preventiva.
Quinto.-Que la resolución del presente acuerdo
se
publique
en
el
«Boletín
OfiCial
del Estado» yen
el
«Boletín Oficial de Cantabria».
Sexto.-Continuar la tramitación del expediente
de
conformidad con
la legislación vigente.
Lo
que se hace público para general conocimiento.
Santander,
13
de
junio
de 1988.-El Consejero, Rogelio Pérez-
Bustamante.
RESOLUCION
de J3dejunio de 1988,
de
la Consejeria de
Cultura, Educación yDeporte. por la que se acuerda incoar
expediente de deciaración de Bien de
Interé~
Cult.ural, con
la categoría de Monumento,
afavor
del chale «Sottleza», en
Castro-Urdiales (Cantabria).
En
base ala propuesta formulada_por
la
CfPA
(Comisión Técnica
para
el
Patrimonio Arquitectónico),
Esta Consejería ha resuelto:
Primero.-De conformidad con lo dispuesto en la
Ley
16/1985, de 25
de junio, del·Patrimonio Histórico Español. y
el
Real Decreto 111/1986,
de
10
de enero, de desarrollo parcial de
la:
Ley incoar expediente
de
declaración como Bien de Interés Cultural, con categoría de Monu·
mento, afavor del chalé
«'sotilezID>,
en Castro·Urdiales (Cantabria).
Segundo.-Hacer saber
al
Ayuntamiento de Castro-Urdiales que,
según lo dispuesto en los artículos 11.1,
16
y23 de
la
Ley citada, deberá
suspender las licencias municipales de parcelación. edificación odemoli-
ción en las zonas afectadas, asi como los efectos de las ya otorgadas,
en
tanto no
se
resuelva ocaduque
el
expediente, yque no podrá llevarse
a
cabo
ningún tipo de obras sin
la
aprobación previa -del proyecto
correspondiente por esta Consejería.
.Tercero.-De confonnidad con lo dispuesto en
el
articulo 11.2 de la
Ley
16/1985, de
25
de junio, describir para su identificación
el
bien
objeto de la incoación, además de delimitar la zona afectada.
El
chalé «Sotileza» es un sobrio edificio de amplias proporciones; con
una planta muy movida ytres pisos.
Es
una-
obra de la segunda etapa de
la
vida artística
de
Leonardo
Rucabado; en ella se reflejan los elementos típicos de las casonas
montañesas de los siglos XVII yXVIII. Su portalada es una mezcla
de
elementos tradicionales montañeses yclásicos herrerianos.
El
elemento más característico de esta casa
-y
de la escuela
montañesa de Rucabado- es la torre: cuadrada yrobusta, con cuatro
pisos.
En
cuanto ala delimitación,
el
chalé
«SotilcZID),
ubicado en
el
número
28
del paseo de Ocharan Mazas, en Castro-Urdiales, linda:
Al
norte, con las instalaciones deportivas de
la
«Sociedad Tenis
aub~;
al sur, con la calle Postus Amanus; al oeste, con un camino
particular, y
al
este, con
el
paseo de Ocharan Mazas.
Todo
el
entorno descrito está delimitado
por
un tapial de piedra que
rodea la finca.
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