Resolución de 26 de mayo de 1983, de la Dirección General de Exportación, por la que se modifica la Resolución de 8 de febrero de 1983 («Boletín Oficial del Estado» número 38, de 14 de febrero).

MarginalBOE-A-1983-16332
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución
16124
10
junio
1983
BOE.-Núm.
138
mos
de
la
Seguridad
Social,
Compañia!
de
Seguros
y
de
Ahorro
y
Capitalización,
así
como
para
la
materiali'zación
de
las
reser-
vas
matemáticas
y
de
riesgos
en
curso,
en
8U
caso.
Dichas
obl1·
gaciones
serán
admitidas
de
oficio
a
la
cotización
oficial,
goza-
rán
de
las
vent.aJas
establecidas
en
el
articulo
46
del
Reglamento
de las Bolsas Oficiales de Comercio y
serán
aceptadas como
depósito
de
fianza
por
las
Administraciones
públicas.
Art. 6.°
Por
el
Ministerio
de
Economía
y
Hacienda
se
dicta-
rán
las
disposiciones
necesarias
para
la
eJecución
de
lo
que
se dispone
en
el
presente
Real Decreto.
Dado
en
Madrid
a
27
de
abril
de
1983.
JUAN
CARLOS
R.
El
MInistro
de
Economill ,.
Hacienda,
MIGUEL
BOYER
SAL
V
ADDR
Las
Entidades
que,
en
cumplimiento
de
10
di::;puesto
ante-
riormente,
hayan
de
disminuir
el nÚmp-ro
de
sus
oficinas
lo
pondrAn
en
conocimiento
del
Ministerio
de
Economía
y
Hacien-
da,
especificando
las
que
se
cierren
al
público.
Segundo.-Las
Entidades
de
Financiación
de
ámbito
provin-
cial.
regional
o
nacional
cuyos
recursos
propios
sean
inferiores
a50, 150 ó300
millones.
respectivamente.
realizarán
una
dota-
ción
al
Fondo
de
Previsión
de
Rtesgos,
a
que
se
refiere
el
ar-
ticulo
7
de
la
Orden
de
19
de
Junio
de
1979,
del
0,75
por
100
de
su
volumen
de
operaciones.
Tercero.-El
limite
de
riesgos
que
una
Entidad
de
Financia-
ción
p\1ede
mantener
con
una
sola
persona
natural
o
Jurídica
o
con
un
grupo
de
Empresas
vinculadas
a
la
Entidad
se
esta-
blecerá
en
función
de
los
recursos
propios
de
acuerdo
con
la
siguiente
escala:
Cuarto.-El
Ministerio
de
Economía
y
Hacienda
podrá
auto-
rizar
a
las
Entidades
de
Financiación
Que
lo
soliciten
la
aplica-
ción
del
régimen
operativo
hasta
ahora
vigente,
siempre
que
se
comprometan
a
elevar
sus
recursos
propIOS
hasta
los
límites
set\alados
en
el
Real
Decreto
1269/1983.
de
13
de
abril.
de
acuerdo
con
un
calendario
que
será
aprobado
por
la
Dirección
General
del
Tesoro
y
Política
Financiera.
16331
ORDEN
de
28
de
mayo
de
1983
sobre
regulactón
de
condiciones
operativas
de
las
Enti,dades
de
Finan-
ciación.
Ilustt1s1mo se:Oor:
Por
el
Real
Decreto
1269/1983,
de
13
de
abril,
se
elevan
los
capitales
mínimos
a
las
Entidades
de
Financiación.
que
se
cons-
tituyan
a
partir
de
su
entrada
en
vigor.
con
la
finalidad
de
alcanzar
una
dimensión
económica
óptima
para
un
funciona-
miento
eticaz.
Como
complemento
a
la
medida
anterior
se
hace
necesario
a1ustar
las
posibilidades
operativas
de
las
Entidades
de
Finan-
ciación
al
volumen
de sus
recursos
propios
al
objeto
de
lograr
un
mayor
equilibrio.
en
1&
gestión
con
el
reforzamiento
de
su
seguridad
y
solvencia.
En
su
virtud,
este
Ministerio
tiene
a
bien
disponer:'
Primero.-Las
Entidades
de
Financiación
podré.n
abrir
ofici-
nas
dentro
de
sus
respectivos
é.mbitos
de
actuación
con
arreglo
a
la
siguiente
escala:
Ambito
Recursos
propios
.
PrQvincial
Menos
de
50
míllones
Provincial........................
Más
de
50
millones
.
Plurlprovincial
Menos
de
150
millones
..
Pluf1provincial
Más
de
150
roíllones
.
Nacional................
Menos
de
300
millones
Nacional..........................
Mé.s
de
300
millones
.......
Límite
d.
nesgos
2,'
2.'
2,'
el
día
de
su
publicación
BOYER
SALVADOR
Ilmo.
Sr.
Director
general
del
Tesoro
y
Política
Financiera.
RESOLUCION
de
26
de
mayo
de
1983.
de
la
Direc-
ción
General
de
Exportación.
por
la
que
se
modi-
fica
la
Resolución
de 8
de
febrero
de
1983
(.Bolettn
Oficial
del
Estado.
número
38.
del
14
de
febrero).
Como
consecuencia
de
la
necesidad
del
abastecimiento
inte-
rior,
y
con
el
fin
de
controlar
las-
posibles
exportaciones.
esta
Dirección
General
ha
resuelto
lo
siguiente:
Se
modifica
la
relación
de
mercancías
exentas
de
obtención
de
licencia
de
exportación
que
figura
en
el
anejo
de
la
Resolu-
ción
de
8
de
febrero
de
1983.
quedanrto
excluida
de
dicha
Rela-
ción
la
partida
arancelaria
53.01.A
.Ianas
sucias",.
Esta
Resolución
entrará
en
vigor
el
mismo
día
de
su pu-
blicación
en
el
..
Boletín
Oficial
del
Estado,..
Madrid,
26
de
mayo
de
1983.-EI
Director
general.
Apolonio
Ruiz
Ligero.
DISPOSICION
FINAL
La
presente
Orden
entrarA
en
Vigor
en
el
.Boletín
Oficial
del
Estado,..
Lo
que
digo
aV.
I.
Madrid,
28
de
mayo
de
1983.
16332
2
Libre
2
3
Libre
3
~
Libre
1
Ubre
Número
de
oficinas
Recursos
propios
Inferiores
a50
millones
de
pesetas
.
Superiores
a50
millones
de
pesetas
; .
Mé.s
de
150
·millones
de
pesetas
..•.....................
;
Entre
50 y100
millones
de
pesetas
.
Entre
100 y150
millones
de
pesetas
.•...•.........•.•..;
Mé.s
de
ISO
millones
de
pesetas
.
Entre
100 y150
millones
de
pesetas
......•; ;
Entre
150 y300
millones
de
pesetas
..•.••...............
Más
de
300
millones
de
pesetas
•••...••••.••...........;
AmbIto
................
;;;.;;;
...
Sede
central
en
Madrid
o
Baroelona
Entre
50 y125
millones
de
pesetas·
.
Sede
central
en
Madrid
o
Baroelona
.
Provincial
Provincial
Nacional
Nacional
Pluriprovinclal
P1urlproVinclal
••••••••........
PlurlproVincial
.;~.;;;
••.•.;...
Nacional
••••.••••.......•....••...

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