Corrección de errores del Real Decreto 794/1985, de 29 de mayo, por el que se garantiza el funcionamiento del servicio público encomendado a ENAGAS.

MarginalBOE-A-1985-9991
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria y Energia
Rango de LeyCorrección
16420
!libado Ijunio 1985
BOE
núm.
131
9991
9992
.
MINISTERIO
DE
EDUCACION
y
CIENCIA
9990 CORRECCION
de
,"ores
del
Real
Decreto
55211985.
de
2
abril.
por
el
que
se
aprueba
el
Reglamento
del
Consejo
de
Universidades.
Advertidos errores en el texto-
del
citado Real Decreto, publica-
do en el «Boletin Oficial del
Eslad
...
número
10
1,
de 27 de abril
de 1985, pAginas 11698 a11702,
ambas
inclusive, se procede ala
oportuna corrección
de
errom...
. -
En la
pAgina
11698, articulo 4.·,·en
la
primera Uneadel apartado
dos, donde dice: c..oconsecuencia.
..
», debe decir: «
...
consecu·
cíón......
-
.En la pági",,: 11699, articulo
9.
o,.on la segunda línea del apartado
CInco,
dandO dice:
••
del
secretariO
general...», debe decir: «.
..
de
un
Secretario general...».
En la
pAgina
11699, articulo
13,
en
la última Unea de
la
letra
e)
del.
apartado .dos,.
donde
~ice:
«... Universidades
Jl:ira
...
~,
debe
decir:
«.
.. Uruversldades
pnvadas
para
..
», yen la ú1uma llOea del
primer
párrJlfo del apartado tres,
donde
dice;
«.
..
Universidades o
InstitUCiones
...
»,
debe
decir: «
...
Universidades eInstituciones
...
»:
En la pAgina 11700,
a"ículo
14.
en la segunda línea de la lelra
t)
del apartado dos, donde dice: «... revisarlos...
»,
debe decir:
c.
.•
revisarlaL.'».
En la pAgina 11700, articulo
17,
en la segunda línea del apartado
uno, donde dfce: «
..
:
nombrado
...», debe decir:
..
designado...
».
En la páJina 11701, articulo
19,
en la tercera línea del apartado
uno, donde dice: «.:. ala Subcomisión...
»,
debe decir:
«;
..
auna
Subcomisión...
».
En la
t>A&iná
11701, articulo 23, en la segunda línea del apartado
cinc:o,
donóe dice; «... adaptación...
».
debe decir:
«.
..
adopción
..
,».
Ea
la
pé¡ina
11701,. se han omitido las lelraS a), b) yc) del
al*llldo
UnO
yel apartado dos del articulo 25, asi como los
aideulOl
26
Y
27.
por
lo que acontinuación
se
transcriben
~te
los tres artiClllos citados:
«ArtIculo 25.
1.
La
Subcomisión de Reclamaciones
de
la
Comisión Académica del Consejo de Universidades, adoptará sus
acuerdos de conformidad con
el
siguiente procedimiento: .
.a) Recibido
un
expediente sob.rc el
tema
al
que
se refiere el
articulo 43.3 de la Ley
de
reforma universitaria, la Subcomisión
desi¡nará
Un
ponente
de
entre sus miembros, el cual informará
so,,", la reclamación formulada conlra la resolución
de
la Comisión
ylas
~,!nes
que
han
j~ficado
la
no
ratificación d..-aquélla
por
la ConuS1ón de la respecUva Uruversulad, valorando los méritos e
bisiaria! académico einvestigador de los candidatos.
b) Por el procedimiento previsto
en
el articulo 19.2 de este
ResJamento, la Subcomisión decidirá, motivadamente, si procede
o
no
la provisión
de
la plaza en los términos establecidos
por
la
Comisión enClllJll'!a de resolver
el
concurso.
'.
c) En nin¡(m
caso
la Subcomisión admitirá alegaciones de
los
interesados. .
2.
Las
resoluciones
de
la SubComisión de Reclamaciones se
notificarán alas Universidades y a los interesados
por
la
Secretarta
GeneraJ
del Consejo
de
Universidades. .
Artie1!lo 26.
Los
miembros del Consejo
de
Universidades que
sean
designados oelCSldos para pertenecer acualquie18 de las
"Comisiones oSubcomisiones establecidas en el presente ResJampn-
to,
lo
senln
por
un
periodo
de
tres años, pudiendo ser nuevamente
desilnados oreelesido.. .
Árticulo 27.
1.
Los .acuerdos rresoluciones
de
interés gene-
ral
que
adopte
el
ConsejO de Umversldades en
matenas
cuya
competencia le. atribuye la Ley de reforma universitaria,
serin
notificados, por
su
Secretaria General, al Ministerio
que
tenp
atribui~
competencias en materia
~
educación superior, alas
ComunIdades Autónomas'
ya
las
Unlversida~.
alos efectos que
procedan. .
2.
Los' acuerdos yresoluciones a
que
se refiere el párrafo
anterior serán publicados en
el
"Boletín Oficial· del Estado".»
En la
pAgi~a
11702, articulo 28, CIlla secunda linea del apartado
tres, donde dice: «
...
Scretaría...
~,
debe
decir: «
...
Secretaria...».
En la
pAgina
11702, disposición transitoria primera, en la
tercera línea, donde dice: «.
..
fecha reseñada en la disposiciÓD
transitoria primera, ...»,
debe
decir. «:
..
entrada en
ViJOT
del penen-
te Reglamento, ...
»,
yeri la
linea
sexta, donde d,ce: «... en
la.
mismas, ...
»,
debe decir.
c..o
sobre las mismas, ..
Jt.
En la página 11702, disposición derogarorie,
primer
supuesto,
donde dice: «.
..
de
14
de
!BOsto.JÓ,
debe decir: «... de
4.
de
agosto,
General
de
Educación yFmanciamiento
de
la Reforma
EQuc¡di.
va.», y
el'!
el.
segundo supuesto,
donde
dice: «
...
de
14
de
agosto, .__,
debe decir: «
...
de 4de agosto. 0
••
»..
'
MINISTERIO
DE
INDUSTRIA
Y
ENERGIA
CORRECClON
de
errores
del
Real
Decreto
79411985,
de
29
de
mayo,
por
el
que
se
garantiza el funciona-
miento
del
servicio
público
e"comendado aENAGAS
.Advertido errores
en
el texto del citado Real Decreto, publicado.
en el «Boletín Oficial del Estado» número 130, de fecha
31
de mayo:
de
1985, páginas 16229 y16230, se transcriben acontinuación las
siguientes rectificaciones:
En el articulo 1.°, linea
cuarÍa,
quinta
y";xÍo, donde dice:
«para asegurar el surtlinis'iro ycondiCIón
.de
gas natural y
garantizar las condiciones de securidaden el Plan de Repsificación
de
Gas
Natural Ucuado, ;», debe decir: «para aSegurar el
suministro yconducción de
gas
natural ygarantizar
las
condiciones
t1..:a:t~
..
:n
.la Planta
de
Resasificación de
Gas
Natural
ORDEN
de
23
de
mayo
de
1985
sobre
subvencione>
al.
suministro interno de hulla narional. destinada a
la
fabricación
de
coque
duranttel
segundo trimestre
de
1985.
Ilustrisimos señores:
En aplicación de lo dispuesto en la Orden de 8de febrero
de
1982
en
la que. se determina
que
el Ministerio
de
Industria y
EnefIÍB fijará trimestralmente las subvenciones al suministro
interno
de
huUa nacional destinada ala fabricación de coque,
complementado yactualizado por la Orden de 28
de
marzo de
1985, y a propuesta de la Dirección General de Minas, he tenidO
abien disponer:
Las subvenciones alos suministradores
de
hulla nacional
destinada ala fabricación
de
coque durante el segundo trimestre de
1985,.para entregas efectuadas por las Empresas, de acuerdo con los
planes establecidos
por
la
Dirección General
de
Minas, con cargo
al correspóndiente concepto presupuestario, sen\n las
siguientes~
Del 1de abril al
30
de junio, ambos inclusive,1.631 pesetas
por
tonelada,
..
. .
Aesta cantidad se incrementaIiD los conceptos que, en
el
caso:
de
Iaa
sider6rgicas alejadas, se6ala
la
Orden
de
8de febren:
de 1982
...
Lo
que comunico a
VV.
11.
para su conocimiento yefectos.
Madrid, 23 de mayo
de
1985. '
.SOLCHAGA CATALAN
Illnos.
Sres.
Secretario general
de
la Energía yRecursos Minerale,
yDirector general de Minas. "
'.
MINISTERIO
DE
TRANSPORTES,
TURISMO
Y
COMUNICACIONES
9993 ORDEN
de
27
de
niayo
de
1985
por
la
que
se
regula
e/transporteinternacional
de
mercancías
por
carrete-
ra
sujeto a
autor;z~ción
coñtingentada. realizado por
Empresas
yCooperativas españolas.
Ilustrísimo señor.;
La
Orden
de
30
de
junio
de 1983
(<
Oficial del Estado»
de
14
de juUo) establece
la
resulación del transporte internacional
de
mercanclaa por carretera realizado
pOr
transportistas españoles.
.
r.a
experiencia derivada de la aplicación de lacitada Orden
hace
aconsejable, manteniendo
Inre.,amente
los criterios básicos inspi-
radores
de
la misma. introduelr ciertas modificaciones yprecislo-
_con. objeto de
l~
una
mejor consecución
de
lOs
fines #
perseguidos de orden¡¡clón. transparencia ycalidad del· servicio en
.l
el
sub~etor
de
tr1\nsporte internacional
~
mereancías.
~
.-;
!
¡
.
1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR