Orden EDU/2436/2010, de 27 de julio, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Bética Franciscana.

MarginalBOE-A-2010-14439
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educación
Rango de LeyOrden

Examinado el expediente incoado a instancia de don Joaquín Domínguez Serna, solicitando la inscripción de la Fundación Bética Franciscana en el Registro de Fundaciones del Ministerio de Educación, según lo dispuesto en la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones y en el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre,

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anteriormente citada fue constituida por la entidad religiosa Provincia Bética Franciscana, don Manuel Domínguez Lama, don José Lucas Tejera Pérez, don Antonio Herrera Cruz, don Joaquín Pelayo Orozco, doña María del Carmen de la Calle Herráez, don Pedro Alfonso Cruz Acevedo y don Juan José Aznar Sánchez, en Sevilla, el 26 de octubre de 2009, según consta en la escritura otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Andalucía don Pablo Gutiérrez-Alviz y Conradi, con el número 4.128 de su protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle San Vicente, número 91, distrito postal 41002 del Municipio de Sevilla, y su ámbito es estatal.

Tercero. Dotación.–Se estableció como dotación de la Fundación la cantidad de treinta mil euros (30.000 euros). La dotación, consistente en dinero, ha sido desembolsada inicialmente en un 25 por 100 mediante la aportación de la cantidad de siete mil quinientos euros (7.500 euros) ingresada en entidad bancaria, y el resto se hará efectivo en un plazo no superior a cinco años contados desde el otorgamiento de la escritura de constitución.

Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la Fundación incorporados a la escritura pública de constitución figuran como fines de la Fundación los siguientes: Llevar a cabo fines de interés general de carácter fundamentalmente educacional en general, promoviendo los principios y valores propios de la doctrina de la Iglesia Católica, y más concretamente bajo la inspiración del carácter propio de la Orden Religiosa Franciscanos Frailes Menores Provincia Bética. Igualmente tendrá por objeto el cumplimiento de fines de carácter social, cultural y de cooperación internacional vinculados con la Familia Franciscana

Quinto. Patronato.–El gobierno, representación y administración de la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de cuentas al Protectorado.

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