Orden PRE/3288/2006, de 23 de octubre, por la que se establecen las normas reguladoras del empleo y funciones del Cabo Mayor en el Cuerpo de la Guardia Civil.
Fecha de Entrada en Vigor | 28 de Octubre de 2006 |
Marginal | BOE-A-2006-18695 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de la Presidencia |
Rango de Ley | Orden |
El empleo de Cabo Mayor fue creado en el Cuerpo de la Guardia Civil por la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de RÈgimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, contempl·ndose en el artÌculo 10 como el empleo superior dentro de la categorÌa de los Cabos y Guardias.
Por Real Decreto 210/2002, de 22 de febrero, se fija la plantilla del Cuerpo de la Guardia Civil para el periodo 2002-2006, con 60 efectivos para el empleo de Cabo Mayor. Por ”rdenes del Ministro de Defensa 160/17447/03, de 13 de octubre, 160/15611/04, de 29 de septiembre, y 160/14265/05, de 2 de septiembre, ascienden al citado empleo 30, 10 y 10 Cabos Primeros respectivamente.
Por ello, es necesario regular sus funciones y establecer el papel a desempeÒar dentro de la organizaciÛn del citado Instituto.
En su virtud, y a propuesta conjunta de los Ministros de Defensa y del Interior, dispongo:
[precepto]Apartado primero. Funciones.
La actividad profesional de los Cabos Mayores de la Guardia Civil estar· orientada al ejercicio de las funciones de apoyo y asesoramiento al Mando.
[precepto]Apartado segundo. Cometidos de apoyo y asesoramiento al Mando.
En relaciÛn con la funciÛn de apoyo y asesoramiento al Mando en unidades operativas, dependiendo del nivel org·nico en que estÈ destinado, y siempre en relaciÛn con el personal de la Escala de Cabos y Guardias, los Cabos Mayores podr·n desarrollar los siguientes cometidos:
Informar y asesorar al Jefe de la unidad, centro u organismo en materias relativas a disciplina, moral, acciÛn social y bienestar del personal.
Cooperar con el coordinador o delegado de enseÒanza de su unidad, centro u organismo, en la detecciÛn de las necesidades formativas y en el seguimiento de los planes de formaciÛn.
Apoyar al Ûrgano competente de la unidad en relaciÛn con la conservaciÛn y el mantenimiento de inmuebles y equipos.
Encabezar las comisiones de Cabos y Guardias que el Jefe de la unidad, centro u organismo designe.
Fomentar la conservaciÛn de las tradiciones de la unidad, centro u organismo.
Colaborar en las actividades de la unidad en materia de AcciÛn Social.
Proponer a su Jefe la realizaciÛn de actividades de interÈs para la unidad, centro u organismo.
Colaborar con los Ûrganos correspondientes en tareas relativas al protocolo.
Participar en comisiones o grupos de trabajo.
Prestar asistencia al personal de su Escala en la incorporaciÛn a la unidad de destino.
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