Orden ECD/743/2013, de 18 de abril, por la que, a propuesta de la Consejería de Educación, de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se nombran funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación, a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 26 de abril de 2011.

MarginalBOE-A-2013-4690
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyOrden

Por Orden de 26 de abril de 2011, la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía («Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» de 9 de mayo), convocó procedimiento selectivo para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación.

Concluidas todas las fases del citado procedimiento selectivo, por Orden de 11 de marzo de 2013, la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía (BOJA del 25), aprueba el expediente del proceso selectivo, así como la lista del personal que lo ha superado.

De conformidad con lo establecido en el artículo 32.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, modificado por el Real Decreto 48/2010, de 22 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley.

Vista la propuesta de la Consejería de Educación de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Este Ministerio, ha dispuesto:

Primero.

Nombrar funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación, a los seleccionados en el procedimiento selectivo convocado por Orden de 26 de abril de 2011, que aparecen relacionados en el Anexo a esta orden, con indicación del Número de Registro de Personal y puntuación que les corresponde.

Segundo.

Los nombrados a través de la presente orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera del Cuerpo de Inspectores de Educación, con efectos de 26 de marzo de 2013.

Tercero.

La presente orden podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Asimismo, contra esta orden que es definitiva en la vía...

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