Orden EHA/3076/2006, de 2 de octubre, por la que se convocan becas Economía y Hacienda-Fulbright de formación y perfeccionamiento profesional en los Estados Unidos de América, para el curso académico 2007-2008.

MarginalBOE-A-2006-17605
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

Orden EHA/3076/2006, de 2 de octubre, por la que se convocan becas Economía y Hacienda-Fulbright de formación y perfeccionamiento profesional en los Estados Unidos de América, para el curso académico 2007-2008.

Mediante la Orden EHA/2851/2006, de 6 de septiembre (Boletín Oficial del Estado de 15 de septiembre), se aprueban las bases reguladoras de las becas Economía y Hacienda-Fulbright de formación y perfeccionamiento profesional en los Estados Unidos de América.

De acuerdo con lo previsto en la Disposición adicional primera de la Orden, dispongo:

Primero. Convocatoria.-Se convocan, en colaboración con la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y los Estados Unidos de América (en lo sucesivo, la Comisión), un máximo de ocho becas, dentro del programa de Becas Ministerio de Economía y Hacienda-Fulbright para la realización de estudios de postgrado en Estados Unidos en las áreas previstas en las Bases reguladoras de las becas y con arreglo a las mismas.

La distribución de las becas será la siguiente: tres de modalidad A y cinco de modalidad B, de las previstas en el apartado 1.2 del anexo de la Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de las becas.

No obstante, se podrá incrementar uno de los grupos en caso de insuficiencia de solicitudes que superen el proceso selectivo en la otra modalidad, respetando en todo caso el límite global de ocho becas y los límites presupuestarios establecidos.

La duración de cada una de las becas estará comprendida en los límites temporales previstos en el punto 4 de las bases reguladoras, sin perjuicio del límite global que se establece en el párrafo siguiente.

Las becas que se convocan se financiarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria número 15.01.923M.480 de los Presupuestos Generales del Estado, siendo el importe máximo del coste que se asume de 430.805,00 euros.

En dicho importe se incluye tanto la cuantía de las becas como los gastos administrativos generados en España, como consecuencia de la convocatoria, tramitación y seguimiento de las mismas.

Segundo. Dotación de las becas.

  1. Asignaciones básicas:

    1. Asignación mensual bruta de 2.250 euros.

    2. Ayuda de viaje de ida y vuelta de 2.000 euros.

    3. El importe de la matrícula, tasas y seguro médico obligatorio de la universidad hasta un máximo de 29.500 euros. En el caso excepcional de que el periodo de disfrute de la beca sea prorrogado por un plazo no superior a un año, de acuerdo con lo previsto en el punto 5 de las bases reguladoras, el importe de la matrícula, tasas y seguro médico se financiará hasta una cantidad máxima de 29.500 euros.

    4. En las becas de modalidad A, al no existir gastos de matrícula, la dotación máxima será de 3.500 euros, para cubrir gastos derivados del proyecto. La justificación de estos gastos se realizará al término del disfrute de la beca mediante la presentación a la Comisión Fulbright de los correspondientes recibos...

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