REAL DECRETO 197/2002, de 15 de febrero, por el que se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas y de la Escala Superior de la Guardia Civil para el año 2002.

Fecha de Entrada en Vigor20 de Febrero de 2001
MarginalBOE-A-2002-3283
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyReal Decreto

La Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002, establece en el artículo 21 los criterios generales para la incorporación de nuevos efectivos en el sector público en el año 2002, al disponer que las convocatorias de plazas para ingreso de nuevo personal del sector público se concentrarán en los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideren absolutamente prioritarios o que afecten al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.

Asimismo, el citado artículo 21 dispone que el número de plazas de militares de carrera, de acuerdo con lo establecido en el apartado 3 de la disposición transitoria segunda de la Ley 1 7/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, será el 70 por 100 de la media de los retiros previstos para los años 2002 al 201 1, al ser el total de efectivos de cuadros de mando superior a la plantilla legal máxima. Además, la disposición adicional décima de la Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002, establece que las plantillas máximas de militares profesionales de tropa y marinería a alcanzar el 31 de diciembre del año 2002 no podrán superar los 86. 000 efectivos.

El apartado 2 del artículo 21 de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, establece que el Consejo de Ministros aprobará la provisión anual de plazas de las Fuerzas Armadas, en la que se determinarán las correspondientes a los centros docentes militares de formación, especificando los cupos que correspondan a los distintos sistemas de acceso.

El apartado 3 del citado artículo 21 de la Ley 1 7/1999, de 18 de mayo, establece que en la provisión anual se determinarán las plazas para el acceso a militar de complemento y para el acceso a una relación de servicios de carácter permanente de los militares profesionales de tropa y marinería.

De acuerdo con lo previsto en el apartado 2 del artículo 18 y en el apartado 4 del artículo 20 de la Ley 42/1999, de 25 de noviembre, de Régimen del Personal del Cuerpo de la Guardia Civil, y dado el carácter unitario de las convocatorias para el acceso directo a los centros deformación para la incorporación a las Escalas Superiores de Oficiales de los Cuerpos Generales de los Ejércitos, de Infantería de Marina y de la Guardia Civil, en la provisión anual de plazas también se incluyen las de acceso directo a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil.

En su virtud, a propuesta del Ministerio de Administraciones Públicas, con el informe favorable del Ministerio de Hacienda y a iniciativa del Ministerio de Defensa conjuntamente con el Ministerio del Interior por lo que respecta a la Guardia Civil y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de febrero de 2002.

DISPONGO

Artículo 1 Aprobación de la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas durante el año 2002.
  1. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, y en el apartado uno del artículo 21 de la Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002, se aprueba la provisión de plazas de las Fuerzas Armadas para el año 2002 en los términos que se establecen en el presente Real Decreto.

    Las convocatorias de pruebas selectivas derivadas de la presente provisión de plazas solamente podrán publicarse en el ejercicio presupuestario al que vienen referidas, realizándose de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Ingreso y Promoción de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1735/2000, de 20 de octubre.

  2. De acuerdo con la limitación establecida en el artículo 21 de la Ley 23/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002, el número de plazas de ingreso como militar de carrera queda fijado en 1. 125, que se desglosan en 315 plazas de acceso directo a militar de carrera, 51 plazas de promoción interna de militares de complemento a las Escalas de militares de carrera y 759 plazas de promoción interna de militares profesionales de tropa y marinería a las Escalas de Suboficiales.

Artículo 2 Acceso directo en los centros docentes militares de formación.

Se autoriza la convocatoria de las plazas para ingreso en los centros docentes militares de formación mediante acceso directo, para el acceso a militar de carrera y complemento, de acuerdo con la distribución que se detalla en el anexo I.

Artículo 3 Militares profesionales de tropa y marinería.
  1. Las plazas para el acceso a militar profesional de tropa y marinería serán las que resulten necesarias para alcanzar el 31 de diciembre del año 2002 los 86. 000 efectivos en situación de servicio activo fijados en la disposición adicional décima de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2002.

    La provisión de estas plazas, recogidas en el anexo I, y cuya convocatoria deberá ser informada por la Dirección General de la Función Pública, se efectuará a lo largo del ejercicio del año 2002, de forma que el coste derivado de los meses de permanencia no supere los créditos dotados en el vigente presupuesto para esta finalidad, y de acuerdo con lo previsto en los artículos 6 y 19 del Reglamento General de Ingreso y Promoción en las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 1 735/2000, de 20 de octubre.

  2. Se autorizan las plazas para acceder a una relación de servicios de carácter permanente de los militares profesionales de tropa y marinería que resulten necesarias para alcanzar el 31 de diciembre del año 2002 los 4. 935 efectivos en situación de servicio activo, que figuran en el anexo II.

Artículo 4 Cambio de Cuerpo.

Se autoriza la convocatoria de las plazas para ingreso en los centros docentes militares deformación, mediante cambio de Cuerpo, que se recogen en el anexo III al presente Real Decreto.

Artículo 5 Promoción interna.

Se autoriza la convocatoria de las plazas para ingreso en los centros docentes militares deformación, mediante promoción interna, que se recogen en el anexo IV al presente Real Decreto.

Disposición adicional única Escala Superior de Oficiales de la Guardia Civil.

Se autoriza la convocatoria de las plazas para acceso directo a la Escala Superior de Oficiales del Cuerpo de la Guardia Civil que figuran en el anexo V al presente Real Decreto.

Disposición final única Entrada en vigor.

El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el 'Boletín Oficial del Estado'.

Dado en Madrid a 15 de febrero de 2002.

Juan Carlos R.

El Ministro de Administraciones Públicas,

Jesús Posada Moreno

(Anexos –ver págs. de 1 a 3 del .pdf-)

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